La fiscal especializada argumenta que en este suicidio asistido no había "dominación". La ministra de Justicia dice que "habrá que estudiar la interpretación de la norma".
Isabel Valdés
La Fiscalía no ha recibido aún notificación oficial sobre
la inhibición del juzgado que instruye el suicidio asistido de María
José Carrasco, en favor de otro específico de Violencia sobre la
Mujer.
La pareja dejó grabado un vídeo en el que se pone de manifiesto la voluntad inequívoca de ella para que su marido la ayudase a morir. Por tanto, tratar este asunto como un caso de violencia de género ha levantado no pocas dudas y críticas.
Pilar Martín Nájera, la fiscal delegada de Violencia de Género, ha comparecido este jueves para explicar la decisión de la Fiscalía de recurrir la decisión de dicho juzgado de instrucción:
"Aunque en principio el juzgado que debe instruirlo es el de Violencia sobre la Mujer, creemos que se ha hecho una valoración sesgada de la situación, ya que desde el primer momento concurren circunstancias y elementos que excluyen la violencia de género".
La sentencia en la que se ha basado la jueza de instrucción para derivar su competencia a un juzgado de violencia machista es la del Tribunal Supremo del pasado 20 de diciembre, un acuerdo del pleno que fijó doctrina y unificó criterios en torno a la violencia de género.
El fallo, a raíz de una agresión recíproca entre un hombre y una mujer que eran pareja, estableció que, desde entonces,
"la intención de dominación o machismo no es un requisito que tenga que probarse en el juicio.
El mero hecho de una agresión de un hombre contra una mujer que sea su pareja o expareja ya constituye un acto de violencia machista".
A pesar de este fallo, Martín Nájera apunta que para que exista violencia machista no basta solo con que se produzca la agresión de un hombre a una mujer, sino que ha de existir un contexto de "humillación, dominación y violencia".
Algo que en el caso de Carrasco "no sucedía".
Recuerda la fiscal que Carrasco contó públicamente su historia y pidió morir y ayuda para hacerlo, como, finalmente, sucedió:
"Pero la muerte de María José Carrasco no es violencia de género".
La ministra de Justicia, Dolores Delgado, también ha considerado este jueves más que cuestionable que este caso deba ser derivado a un juzgado de violencia machista.
En su opinión, el caso que la juez ha tomado como referencia para darle traslado es "diferente" al de Carrasco, por lo que considera que "habrá que estudiar la interpretación de la norma" y si esta jurisprudencia "es aplicable".
"Hay muchos factores que se pueden tener en cuenta para determinar si no es competencia del juzgado de violencia de género", ha añadido, informa Pedro Gorospe.
Fuentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo también se desmarcan de la inhibición del juzgado de instrucción:
"Esa decisión no tiene nada que ver con la sentencia del pasado diciembre del Tribunal Supremo".
Por el momento, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer tendrá que decidir si acepta o rechaza el caso y, en caso de rechazarlo, será la Audiencia Provincial quien decida a quién otorga la competencia.
La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género no contempla incluir la muerte de María José Carrasco en la estadística oficial de víctimas mortales por violencia de género.
Además, ha recalcado que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer al que ha sido derivado el caso puede rechazar la inhibición del anterior.
Así que, al menos hasta que este juzgado decida si se queda o no con la instrucción del caso, no se retocará la estadística.
"La jurisprudencia considera que cualquier asesinato de pareja o expareja se considera violencia de género", pero el caso de Ángel "no es un asesinato", ha afirmado Nani Hidalgo, vicepresidenta de la Asociación Derecho a Morir Dignamente de Cataluña en declaraciones a Efe.
La pareja dejó grabado un vídeo en el que se pone de manifiesto la voluntad inequívoca de ella para que su marido la ayudase a morir. Por tanto, tratar este asunto como un caso de violencia de género ha levantado no pocas dudas y críticas.
Pilar Martín Nájera, la fiscal delegada de Violencia de Género, ha comparecido este jueves para explicar la decisión de la Fiscalía de recurrir la decisión de dicho juzgado de instrucción:
"Aunque en principio el juzgado que debe instruirlo es el de Violencia sobre la Mujer, creemos que se ha hecho una valoración sesgada de la situación, ya que desde el primer momento concurren circunstancias y elementos que excluyen la violencia de género".
La sentencia en la que se ha basado la jueza de instrucción para derivar su competencia a un juzgado de violencia machista es la del Tribunal Supremo del pasado 20 de diciembre, un acuerdo del pleno que fijó doctrina y unificó criterios en torno a la violencia de género.
El fallo, a raíz de una agresión recíproca entre un hombre y una mujer que eran pareja, estableció que, desde entonces,
"la intención de dominación o machismo no es un requisito que tenga que probarse en el juicio.
El mero hecho de una agresión de un hombre contra una mujer que sea su pareja o expareja ya constituye un acto de violencia machista".
A pesar de este fallo, Martín Nájera apunta que para que exista violencia machista no basta solo con que se produzca la agresión de un hombre a una mujer, sino que ha de existir un contexto de "humillación, dominación y violencia".
Algo que en el caso de Carrasco "no sucedía".
Recuerda la fiscal que Carrasco contó públicamente su historia y pidió morir y ayuda para hacerlo, como, finalmente, sucedió:
"Pero la muerte de María José Carrasco no es violencia de género".
La ministra de Justicia, Dolores Delgado, también ha considerado este jueves más que cuestionable que este caso deba ser derivado a un juzgado de violencia machista.
En su opinión, el caso que la juez ha tomado como referencia para darle traslado es "diferente" al de Carrasco, por lo que considera que "habrá que estudiar la interpretación de la norma" y si esta jurisprudencia "es aplicable".
"Hay muchos factores que se pueden tener en cuenta para determinar si no es competencia del juzgado de violencia de género", ha añadido, informa Pedro Gorospe.
Fuentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo también se desmarcan de la inhibición del juzgado de instrucción:
"Esa decisión no tiene nada que ver con la sentencia del pasado diciembre del Tribunal Supremo".
Carrasco no estará en la estadística de víctimas del machismo
Martín Nájera no ha precisado cuál va a ser el recorrido de su recurso: "Lo estamos valorando, aunque creo que iremos directamente a la Audiencia Provincial".Por el momento, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer tendrá que decidir si acepta o rechaza el caso y, en caso de rechazarlo, será la Audiencia Provincial quien decida a quién otorga la competencia.
Además, ha recalcado que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer al que ha sido derivado el caso puede rechazar la inhibición del anterior.
Así que, al menos hasta que este juzgado decida si se queda o no con la instrucción del caso, no se retocará la estadística.
"La jurisprudencia considera que cualquier asesinato de pareja o expareja se considera violencia de género", pero el caso de Ángel "no es un asesinato", ha afirmado Nani Hidalgo, vicepresidenta de la Asociación Derecho a Morir Dignamente de Cataluña en declaraciones a Efe.
"Si tuviéramos una ley que contemplara a las personas que deciden
dejan de sufrir, que no morir, y no penalizaran a aquellos que las
ayudan, no tendríamos caso".
"Lo único que merece Ángel es nuestro reconocimiento por su valentía y amor hacía su mujer, que era perfectamente consciente de la decisión que estaba tomando y las repercusiones que tendría", ha asegurado Hidalgo, que también ha resaltado que "si no se hubiera acabado la legislatura antes de verano, probablemente tendríamos una ley de eutanasia".
"Lo único que merece Ángel es nuestro reconocimiento por su valentía y amor hacía su mujer, que era perfectamente consciente de la decisión que estaba tomando y las repercusiones que tendría", ha asegurado Hidalgo, que también ha resaltado que "si no se hubiera acabado la legislatura antes de verano, probablemente tendríamos una ley de eutanasia".
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