Zaragoza ha sido el encargado de abrir las cuatro horas
concedidas al ministerio público para exponer su informe de conclusiones
definitivas.
Durante su intervención, de una hora, ha resumido los
principales argumentos de la acusación y se ha adelantado a los que las
defensas van a alegar la semana que viene en su turno de conclusiones
finales.
“La razón por la que están siendo juzgados nada tienen que ver
con la criminalización de la disidencia política.
No se persiguen ideas
políticas ni proyectos políticos no compatibles con el orden
constitucional.
La razón es ni más ni menos que haber intentado liquidar
la Constitución de 1978, un instrumento básico de nuestra convivencia.
Haber atacado gravemente el orden constitucional mediante procedimientos
ilegales”, ha advertido Zaragoza, que ha definido al exvicepresidente
de la Generalitat Oriol Junqueras como el "maquinista" de este proceso.
Con un tono muy duro, el fiscal ha atacado una de las
estrategias básicas de las defensas, aquella que consiste en reivindicar
lo ocurrido como un ejercicio legítimo de derechos constitucionales,
entre otros el de manifestarse, protestar y decidir.
Según el
ministerio público. “La única violación de derechos civiles que hoy se
está produciendo en Cataluña es la que están sufriendo y padeciendo
estoicamente aquellos que defienden la Constitución”, ha afirmado
Zaragoza, que ha reprochado a los líderes independentistas que “quien se
coloca al margen de la ley y se niega en redondo a dialogar” acabe
responsabilizando del conflicto institucional a quien acata las reglas.
“Esto es un ejercicio de cinismo sin precedentes”.
La Fiscalía considera que lo ocurrido en Cataluña entre
septiembre y octubre de 2017 fue “excepcional” y, como tal, justifica y
merece una respuesta jurídica contundente.
“Se movilizaron 6.000
policías, esto no es normal.
El Rey tuvo que dar un discurso de enorme
calado, que tampoco es normal.
Y se usó el artículo 155 de la
Constitución, que no se usa para un simple acto contra el orden público.
Estas circunstancias excepcionales demuestran que lo que se dio era un
ataque contra el orden constitucional, no contra el orden público, por
eso no puede ser una sedición”.
Tras Zaragoza, los otros tres fiscales de sala que han
participado en el juicio han entrado en detalle de los hechos que se le
atribuyen a los acusados y de las pruebas que a lo largo del juicio se
han recabado sobre cada uno de los delitos de los que se les acusa.
Jaime Moreno ha sido el encargado de explicar la existencia de
violencia, requisito indispensable para que se pueda aplicar el delito
de rebelión, y ha expuesto una teoría inédita hasta ahora: los 93
agentes que resultaron heridos en la consulta independentista del 1 de
octubre de 2017 no pueden desligarse de los alrededor de mil ciudadanos
lesionados ese día, sino que todos son víctimas de unos mismos hechos de
los que son responsables los líderes independentistas acusados de
rebelión.
"Estamos ante unos hechos que provocaron 1.093 heridos", ha
afirmado Moreno.
La Fiscalía ha llamado también la atención sobre que los
encausados no hicieron ni una sola llamada al cese de esos actos
“violentos”.
Si bien públicamente repetían “eslóganes de civismo y
pacifismo”, en esas mismas comparecencias lanzaban mensajes con
terminología “absolutamente clara de exaltación”:
“No tenemos miedo”,
“el Estado asalta nuestras instituciones”, “coraje”, “alzaros”, “el
Estado llegará hasta donde le dejemos”, “os han declarado la guerra”.
“Hubo una resistencia teóricamente pasiva que se tornó en activa en
muchos lugares”, ha afirmado el Moreno.
Tres de las cuatro intervenciones del ministerio público se
han centrado en apuntalar la acusación por rebelión (la cuarta, la de
la Consuelo Madrigal, se ha centrado en la malversación).
Los fiscales
han defendido que las conductas cometidas por los principales acusados
contienen todos los elementos básicos de este delito y no de otros como
pudiera ser sedición, del que acusa la Abogacía del Estado.
Fidel Cadena
el último en intervenir, se ha reservado la parte más técnica y de
mayor calado jurídico.
Ha defendido que en el procés hubo
“manejo de las masas”, “utilización de los Mossos” y “violencia
suficiente” para conseguir el objetivo de subvertir el orden
constitucional, y que esos elementos justifican la aplicación del
artículo 472 del Código Penal.
“La sedición afecta a la tranquilidad
pública; la rebelión, a los cimientos del Estado de derecho”, ha
afirmado Cadena, quien ha advertido que “100 sediciones distintas ya no
son un delito de sedición.
Cadena ha explicado que la violencia “es la clave”, pero ha
defendido que la redacción actual de este delito “no exige” un
alzamiento armado o de tipo militar.
El fiscal ha echado mano de una
sentencia de la Sala Penal del Supremo de 1993 por un caso de atentado a
la autoridad en la que el ministerio público aprecia situaciones
similares a las del caso catalán para garantizar el requisito de la
violencia:
“No solo el utilizar energía física para crear una situación
determinada implica el empleo de fuerza; también el mantenerse,
resistiendo, en una determinada situación previamente creada, que solo
podría ser modificada por el empleo de otra energía física en sentido
contrario, se subsume bajo el concepto natural de fuerza”.