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9 nov 2020

Las dudas sobre la separación de hermanos no biológicos que deja el ‘caso Bosé’

 

El cantante vive con dos de los menores que crio con su expareja, que reside con los otros dos. ¿Qué ocurre con los niños nacidos de vientres de alquiler?

 

 
Miguel Bosé, junto a sus dos hijos biológicos, en el estreno de una película en 2019.
Miguel Bosé, junto a sus dos hijos biológicos, en el estreno de una película en 2019.ENT / SplashNews.com / GTRES

La reciente sentencia de un juzgado madrileño sobre los cuatro niños de Miguel Bosé y su expareja, Nacho Palau, abre un nuevo debate en torno a los vientres de alquiler, una práctica que no es legal en España pero a la que se acogen cada año cientos de parejas españolas. ¿Qué pasa con los hijos cuando se produce una separación? ¿Se puede garantizar que esos menores vivan como hermanos?

Se trata de un caso excepcional tanto por la fama del cantante y actor como por el camino que tomaron para legalizar la situación de los niños en España. Miguel Bosé y Nacho Palau convivieron más de 20 años sin que se supiera; solo trascendió que estaban juntos cuando anunciaron su separación. Tenían cuatro hijos nacidos en Estados Unidos por vientre de alquiler o gestación subrogada, una práctica que implica que una mujer se embaraza y gesta para terceros. Dos de los menores viven ahora con Miguel Bosé, su padre biológico, en México. Los otros dos mellizos son hijos biológicos de Nacho Palau y están en España con este último, que ha iniciado una pelea legal para intentar conseguir que los cuatro niños vuelvan a vivir como hermanos, tal y como han pasado casi ocho de sus 10 años de vida.

 El juzgado acaba de rechazar la demanda en la que Palau pedía la filiación [fijar la relación de parentesco] de los cuatro menores para que sean considerados hermanos a ojos de la ley. La sentencia es particular porque, por un lado, considera probado que la expareja tenía el propósito de “tener hijos para fundar una única familia en la que los hijos serían hermanos y ambos serían padres”, según el resumen facilitado por el despacho Ortolá Dinbier, que representa a Palau. Pero al mismo tiempo, el fallo entiende que el actual sistema jurídico español “no permite efectuar formalmente la declaración de filiación solicitada”, es decir, no se puede reconocer a los cuatro niños como hermanos e hijos de ambos padres.
 

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