Un Blues

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Del material conque están hechos los sueños

10 mar 2018

La dificultad de investigar una desaparición

España adolece de una definición legal y efectiva del desaparecido lo que provoca que muchas causas se archiven.

 

Búsqueda del pequeño Gabriel Cruz, desaparecido el 28 de febrero en Las Hortichuelas (Almería). Atlas

 Una desaparición no es un delito.

 Esa es la premisa a partir de la cual comienzan todos los problemas en una investigación de alguien a quien no se encuentra sin motivo aparente. 

La legalidad española está preparada para investigar delitos, y por eso una gran parte de las 146.042 denuncias de personas desaparecidas registradas en 2017 terminaron en sobreseimientos provisionales o archivadas.

 Es la pescadilla que se muerde la cola: no hay delito hasta que no se demuestre y para investigar algo tiene que haber indicios de delito. “¿Quién dice que la chica no está en una playa de República Dominicana? ¿Y si ahora aparece en Cuba? ¿Por qué voy a pinchar el teléfono de la víctima si no es un delincuente? ¿Por qué va a ser un homicidio y no un viaje voluntario?”, son el tipo de preguntas a las que se enfrentan muchas veces —cuando no se trata de menores— los investigadores en los desbordados despachos de los jueces españoles. 

En la mayor parte de las ocasiones la investigación de los casos queda a discreción del juez y el fiscal, aseguran.

 

Mientras se crea (o no) el tantas veces demandado Estatuto de los Desaparecidos, el concepto no tiene un claro encuadre en la legislación española —"No está definido", subrayan investigadores y asociaciones de desaparecidos—, lo que complica mucho las valoraciones de policías y guardias civiles a la hora de calificar las desapariciones de alto riesgo.
"Debemos ser los investigadores los que convenzamos a los jueces de que la persona corre riesgo", señalan.
 Según el último (y segundo informe en toda la historia de España) sobre “Personas Desaparecidas en España 2018”, presentado por el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, el pasado miércoles en Almería, en el marco de la investigación sobre la desaparición del niño de ocho años Gabriel Cruz en Las Hortichuelas (Níjar), en 2017 hay registradas 6.063 desapariciones, de las que 245 se consideran de alto riesgo, es decir, se teme por la vida de la persona "porque haya podido ser secuestrada o asesinada", explicitan. ¿Quién y cómo se valora el riesgo? ¿De acuerdo a qué criterio?
La única cabida legal que el concepto de desaparecido tiene en nuestro sistema jurídico es la que consta en Título 8 del Código Civil ("Declaración de la ausencia y sus efectos") como “ausente”, y tiene que ver más con una cuestión económica relacionada con los efectos patrimoniales y las herencias de esas personas.
A esa carencia jurídica —que se palía usando la definición de "desaparecido" recomendada por el Consejo de Europa— hay que añadir la espada de Damocles que suponen los plazos establecidos en el Código Penal para poder sobreseer o archivar un caso.
 Ambas cosas ocurrieron en el caso de Diana Quer, por ejemplo. El juez primero sobreseyó y después archivó la causa "por falta de pruebas".
. Y, pese a todas las evidencias e indicios presentadas por los investigadores a lo largo de una laboriosísima investigación (tuvieron que comprobar dos millones de datos), no fue hasta que volvió actuar José Enrique Abuín, El Chicle, el principal sospechoso desde muchos meses antes, hasta que un juez no reabrió el caso. 
Es decir, el propio sistema puso en riesgo a otra persona que se salvó por los pelos de las garras de un presunto depredador sexual y asesino confeso de Diana Quer. 
Archivar un caso impide que los investigadores puedan seguir realizando diligencias, "los condena al olvido y condena a los familiares a vivir en la angustia porque reabrirlos es sumamente complicado", señalan en la Fundación QSD Gobal, que dirige Paco Lobatón . 

Desde el punto de vista de los investigadores “falla la regulación jurídica, no los protocolos policiales”, que se unificaron —para policías y guardias civiles— con una instrucción general de la Secretaria de Estado de Seguridad en 2009.
 Desde las Asociaciones de Desaparecidos se muestran de acuerdo en que es "necesario y urgente" subsanar el vacío legislativo, "acompañado de una mayor dotación de medios y de unidades especializadas en este ámbito".
El principal punto de inflexión en esta travesía del desierto es el año 2013.
 Ese año un documento vio la luz en una comisión específica del Senado que ponía negro sobre blanco algunas de las preocupantes carencias descritas y consideraba que "la situación de las personas desaparecidas es tal vez la situación más dolorosa a la que se puede enfrentar un ser humano, más que la muerte de un ser querido". Pretendía fundamentalmente impulsar cambios normativos en los casos de desapariciones pero hasta el momento solo ha logrado pocos de sus objetivos, como implantar en 2014 el Sistema de Alerta Temprana por la desaparición de menores (SADAR), que sin embargo no se ha usado nunca, tampoco en el caso del pequeño Gabriel Cruz. O crear el Centro Nacional de Desparecidos, de reciente creación y dotado con nueve agentes sin funciones operativas. 
 Los desaparecidos siguen muy desaparecidos de nuestro sistema jurídico.

 

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