La ministra no está imputada pero será considerada responsable civil en el juicio
El juez sobresee la investigación sobre el exministro Ángel Acebes en este bloque de la causa.Increible.
El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz
ha dictado ya el auto de pase a procedimiento abreviado –equivalente al
procesamiento- a 43 imputados en la llamada “primera etapa” del caso Gürtel, la trama de corrupción que anidó en los aledaños del PP.
El magistrado califica a la ministra de Sanidad, Ana Mato, de “partícipe a título lucrativo” de los delitos supuestamente cometidos por su exesposo y exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid), Jesús Sepúlveda, y a Gema Matamoros, esposa de Guillermo Ortega, exregidor de Majadahonda.
La ministra de Sanidad y Gema Matamoros estarán sentadas en el banquillo durante la vista oral, no como procesadas sino como responsables civiles de estos supuestos delitos, y esta es la conducta que se va estudiar en el juicio, según han confirmado fuentes jurídicas. Para defender sus intereses, el magistrado les ordena que designen abogado y procurador
. El Partido Popular permanece en su condición de partícipe a título lucrativo
. Esta figura, también llamada "receptación civil", se aplica a las personas que se benefician del fruto de un delito del que no tenían conocimiento.
Al tratarse de una responsabilidad civil, el aforamiento de la ministra no se aplica.
El motivo que expone Ruz para calificar a Mato de “partícipe a título lucrativo” es que la ministra “habría disfrutado o se habría beneficiado, sola o en compañía de otros miembros de la unidad familiar” de servicios turísticos, pago de eventos familiares y otros artículos y conceptos por valor total de 55.439 euros.
No obstante, el juez Ruz recuerda que será en el acto del juicio en el que se deberá concretar “la exacta cuantía de lo que la partícipe pudiera haberse beneficiado”
. Además de viajes y billetes de avión, la trama corrupta supuestamente sufragó artículos de Loius Vuitton para la exministra y las fiestas de cumpleaños y de primera comunión de la hija de la pareja en los años 2001, 2002 y 2005.!! Ala, se corrompe como una nueva rica, con un bolso de Vuitón que si pudiera ahorrar porque me gustase hasta yo me lo puedo comprar , solo que no puedo ahorrar....
. Esto obliga a Ana Mato a devolver el dinero que pudo obtener de los negocios supuestamente delictivos de su exmarido y exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid), Jesús Sepúlveda.
El artículo 122 del Código Penal se impone al cónyuge y a los herederos del condenado si han obtenido un beneficio económico del delito.
Además, la persona declarada “partícipe a título lucrativo” responde solidariamente junto con el condenado, aunque sólo hasta la cuantía de su participación.
Existen dos requisitos para que alguien sea considerado “partícipe a título lucrativo”. Por un lado, se tiene que probar la obtención de un beneficio económico, y por otro, ha de demostrarse que el sujeto sabía que se obtenía tal beneficio, pero no que provenía de una actividad delictiva.
En el caso de los partícipes a título lucrativo, lo habitual es que
estén sentados en el banquillo. Recientemente, la Sección Cuarta de lo
Penal celebró un juicio por información privilegiada en el que el
partícipe a título lucrativo estuvo en el mismo estrado que los
imputados, aunque como responsable civil. Lo mismo ocurrió el pasado
mayo en el juicio sobre Caixa Penedés o en el caso Gescartera.
El juez ha dado por concluida la parte troncal de caso Gürtel y entiende que hay indicios suficientes para sentar en el banquillo a 43 personas.
A partir de ahora, la Fiscalía y las acusaciones populares tienen 30 días para solicitar la apertura del juicio oral o, en su caso, el sobreseimiento de la causa.
El magistrado, en un auto de 205 folios, ha decretado también el sobreseimiento provisional de la imputación que pesaba contra Ángel Acebes, exsecretario general del PP, por la compra de acciones de Libertad Digital con fondos de la caja b del partido gestionada por el extesorero Luis Bárcenas.
No obstante, el exministro Acebes permanece imputado en la pieza separada de los papeles de Bárcenas, según fuentes jurídicas.
La decisión de desimputar a Acebes del delito de apropiación indebida que se le atribuía deriva de que la investigación no ha permitido determinar que el exministro del Interior supiera que los fondos con los que se suscribieron las acciones de Libertad Digital en 2004 pertenecían a la caja B del PP que administraba Bárcenas
. No obstante, Ruz considera que los estatatos del PP vigentes en aquel momento imponían a Acebes "un deber especial de control o de vigilancia" sobre el entonces gerente Bárcenas.
La primera época de Gürtel abarca hechos cometidos por la trama liderada por Francisco Correa en Castilla y León, Madrid y Estepona (Málaga)
. En el auto, que puede ser recurrido en el plazo de cinco días, el magistrado describe la operativa desarrollada en torno a Correa y su lugarteniente Pablo Crespo, exsecretario de organización del PP gallego. En la trama de corrupción están imputados tres extesoreros del PP, Luis Bárcenas, Álvaro Lapuerta y Ángel Sanchís, así como el exsenador Jesús Merino, el exconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo o el exconcejal de Estepona Ricardo Galeote.
La red de Correa, creada en los años 90, se especializó en organizar eventos, actos políticos y viajes para el Partido Popular.
Al mismo tiempo, el cerebro de la trama aprovechaba sus contactos en el partido del Gobierno para conseguir adjudicaciones públicas.
Según Ruz, el entorno de Correa entregaba regalos a los funcionarios y autoridades que favorecían sus negocios.
De forma paralela, Correa y sus colaboradores crearon una estructura societaria en el exterior para transformar en fondos legales el patrimonio que iban amasando con sus actividades ilícitas.
Ruz considera constatados los indicios de que distintos ayuntamientos y consejerías de la Comunidad de Madrid contrataron a la red de Correa “apartándose de los principios de publicidad, concurrencia, objetividad y transparencia”
. Al menos 348 actos de la Comunidad de Madrid fueron adjudicados directa o indirectamente a sociedades de la trama corrupta
. Los fondos obtenidos fueron invertidos posteriormente en operaciones inmobiliarias, en las que participaron cargos públicos.
El magistrado califica a la ministra de Sanidad, Ana Mato, de “partícipe a título lucrativo” de los delitos supuestamente cometidos por su exesposo y exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid), Jesús Sepúlveda, y a Gema Matamoros, esposa de Guillermo Ortega, exregidor de Majadahonda.
La ministra de Sanidad y Gema Matamoros estarán sentadas en el banquillo durante la vista oral, no como procesadas sino como responsables civiles de estos supuestos delitos, y esta es la conducta que se va estudiar en el juicio, según han confirmado fuentes jurídicas. Para defender sus intereses, el magistrado les ordena que designen abogado y procurador
. El Partido Popular permanece en su condición de partícipe a título lucrativo
. Esta figura, también llamada "receptación civil", se aplica a las personas que se benefician del fruto de un delito del que no tenían conocimiento.
Al tratarse de una responsabilidad civil, el aforamiento de la ministra no se aplica.
El motivo que expone Ruz para calificar a Mato de “partícipe a título lucrativo” es que la ministra “habría disfrutado o se habría beneficiado, sola o en compañía de otros miembros de la unidad familiar” de servicios turísticos, pago de eventos familiares y otros artículos y conceptos por valor total de 55.439 euros.
No obstante, el juez Ruz recuerda que será en el acto del juicio en el que se deberá concretar “la exacta cuantía de lo que la partícipe pudiera haberse beneficiado”
. Además de viajes y billetes de avión, la trama corrupta supuestamente sufragó artículos de Loius Vuitton para la exministra y las fiestas de cumpleaños y de primera comunión de la hija de la pareja en los años 2001, 2002 y 2005.!! Ala, se corrompe como una nueva rica, con un bolso de Vuitón que si pudiera ahorrar porque me gustase hasta yo me lo puedo comprar , solo que no puedo ahorrar....
El delito de Ana Mato
La decisión del juez Ruz que considera que la ministra de Sanidad es “partícipe a título lucrativo”, según el artículo 122 del Código Penal. Esto obliga a Ana Mato a devolver el dinero que pudo obtener de los negocios supuestamente delictivos de su exmarido y exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid), Jesús Sepúlveda.
El artículo 122 del Código Penal se impone al cónyuge y a los herederos del condenado si han obtenido un beneficio económico del delito.
Además, la persona declarada “partícipe a título lucrativo” responde solidariamente junto con el condenado, aunque sólo hasta la cuantía de su participación.
Existen dos requisitos para que alguien sea considerado “partícipe a título lucrativo”. Por un lado, se tiene que probar la obtención de un beneficio económico, y por otro, ha de demostrarse que el sujeto sabía que se obtenía tal beneficio, pero no que provenía de una actividad delictiva.
El juez ha dado por concluida la parte troncal de caso Gürtel y entiende que hay indicios suficientes para sentar en el banquillo a 43 personas.
A partir de ahora, la Fiscalía y las acusaciones populares tienen 30 días para solicitar la apertura del juicio oral o, en su caso, el sobreseimiento de la causa.
El magistrado, en un auto de 205 folios, ha decretado también el sobreseimiento provisional de la imputación que pesaba contra Ángel Acebes, exsecretario general del PP, por la compra de acciones de Libertad Digital con fondos de la caja b del partido gestionada por el extesorero Luis Bárcenas.
No obstante, el exministro Acebes permanece imputado en la pieza separada de los papeles de Bárcenas, según fuentes jurídicas.
La decisión de desimputar a Acebes del delito de apropiación indebida que se le atribuía deriva de que la investigación no ha permitido determinar que el exministro del Interior supiera que los fondos con los que se suscribieron las acciones de Libertad Digital en 2004 pertenecían a la caja B del PP que administraba Bárcenas
. No obstante, Ruz considera que los estatatos del PP vigentes en aquel momento imponían a Acebes "un deber especial de control o de vigilancia" sobre el entonces gerente Bárcenas.
La primera época de Gürtel abarca hechos cometidos por la trama liderada por Francisco Correa en Castilla y León, Madrid y Estepona (Málaga)
. En el auto, que puede ser recurrido en el plazo de cinco días, el magistrado describe la operativa desarrollada en torno a Correa y su lugarteniente Pablo Crespo, exsecretario de organización del PP gallego. En la trama de corrupción están imputados tres extesoreros del PP, Luis Bárcenas, Álvaro Lapuerta y Ángel Sanchís, así como el exsenador Jesús Merino, el exconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo o el exconcejal de Estepona Ricardo Galeote.
La red de Correa, creada en los años 90, se especializó en organizar eventos, actos políticos y viajes para el Partido Popular.
Al mismo tiempo, el cerebro de la trama aprovechaba sus contactos en el partido del Gobierno para conseguir adjudicaciones públicas.
Según Ruz, el entorno de Correa entregaba regalos a los funcionarios y autoridades que favorecían sus negocios.
De forma paralela, Correa y sus colaboradores crearon una estructura societaria en el exterior para transformar en fondos legales el patrimonio que iban amasando con sus actividades ilícitas.
Ruz considera constatados los indicios de que distintos ayuntamientos y consejerías de la Comunidad de Madrid contrataron a la red de Correa “apartándose de los principios de publicidad, concurrencia, objetividad y transparencia”
. Al menos 348 actos de la Comunidad de Madrid fueron adjudicados directa o indirectamente a sociedades de la trama corrupta
. Los fondos obtenidos fueron invertidos posteriormente en operaciones inmobiliarias, en las que participaron cargos públicos.
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