El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel
por un delito de blanqueo de capitales a la cantante Isabel Pantoja y
ha rebajado la pena del exalcalde de la localidad malagueña de Marbella
Julián Muñoz y de su exmujer Maite Zaldívar.
Con esta decisión, el alto tribunal evita el ingreso en prisión de la tonadillera al establecer que, además de no tener antecedentes penales, cometió un único delito de blanqueo y este no fue continuado.
La sentencia confirma la procedencia ilícita del dinero que la entonces pareja del exalcalde de Marbella utilizó en la operación de compra de un apartamento en el Gran Hotel de Guadalpín y del chalet Mi gitana.
Este último fue ocupado en régimen de alquiler por la pareja desde julio de 2003 hasta el 20 de abril de 2004, fecha en la que se formalizó la compra
. La Audiencia remarca que, "si bien esta operación de la compra del Chalet “Mi Gitana” fue algo más sofisticada por aparentar una mayor licitud a través de la concesión de un préstamo hipotecario por la entidad Banif, lo cierto es que era a través de la amortización de ese préstamo como pretendía el acusado blanquear el dinero ilícito con la colaboración de la acusada”.
El Supremo destaca en la sentencia que Isabel Pantoja conocía que "el dinero de Julián Muñoz que ingresó en sus cuentas bancarias y con el que operó en la adquisición de valiosos bienes procedía de las actividades delictivas en las que se hallaba implicado su compañero sentimental.
Y es que no podía obtener otra conclusión de los datos relativos a la actuación pública del acusado y de su grupo político, y del hecho que fuera un funcionario público que habría de vivir, en principio, de un sueldo oficial sin olvidar tampoco el mayor nivel de conocimiento sobre su persona que tenía que reportarle su vínculo sentimental y la convivencia diaria que arrastraba consigo".
En su argumentación el Supremo desestima todos los argumentos de la defensa de la tonadillera para apreciar el delito en la conducta de Pantoja y advierte de que, aún tomando los cálculos más favorables del perito propuesto por la defensa, "resultaría de todo punto insuficiente para justificar los ingresos en efectivo realizados en esa anualidad (2003) en cuentas privativas y de sus sociedades, que ascendieron a 603.459 euros
. La Sala concluye que parte de los ingresos de 2003 de la tonadillera, tanto en sus cuentas privadas como en las de sus sociedades, "son de origen desconocido y no justificado". Isabel Pantoja, que en todo caso, "es consciente de la maniobra de ocultación y de lo irregular/ilegal de su actuar", según el Supremo.
Como resumen, el Supremo destaca el aumento de ingresos en efectivo en las cuentas privativas de Isabel Pantoja en 2003, que ascendió a 293.000 euros, superior a sus ingresos totales de los siete años anteriores
. Respecto a Maite Zaldívar, la sentencia subraya que "era conocedora de que el dinero de su esposo, del que se separó en junio de 2003, procedía de actos delictivos directamente relacionados con su actividad política como concejal y alcalde Marbella".
La Sala de lo Penal ha reducido de tres años y tres meses de cárcel a dos años y medio la condena de Zaldívar y ha aminorado de siete años a seis años y medio de cárcel la pena de Julián Muñoz.
Con esta decisión, el alto tribunal evita el ingreso en prisión de la tonadillera al establecer que, además de no tener antecedentes penales, cometió un único delito de blanqueo y este no fue continuado.
La sentencia confirma la procedencia ilícita del dinero que la entonces pareja del exalcalde de Marbella utilizó en la operación de compra de un apartamento en el Gran Hotel de Guadalpín y del chalet Mi gitana.
Este último fue ocupado en régimen de alquiler por la pareja desde julio de 2003 hasta el 20 de abril de 2004, fecha en la que se formalizó la compra
. La Audiencia remarca que, "si bien esta operación de la compra del Chalet “Mi Gitana” fue algo más sofisticada por aparentar una mayor licitud a través de la concesión de un préstamo hipotecario por la entidad Banif, lo cierto es que era a través de la amortización de ese préstamo como pretendía el acusado blanquear el dinero ilícito con la colaboración de la acusada”.
El Supremo destaca en la sentencia que Isabel Pantoja conocía que "el dinero de Julián Muñoz que ingresó en sus cuentas bancarias y con el que operó en la adquisición de valiosos bienes procedía de las actividades delictivas en las que se hallaba implicado su compañero sentimental.
Y es que no podía obtener otra conclusión de los datos relativos a la actuación pública del acusado y de su grupo político, y del hecho que fuera un funcionario público que habría de vivir, en principio, de un sueldo oficial sin olvidar tampoco el mayor nivel de conocimiento sobre su persona que tenía que reportarle su vínculo sentimental y la convivencia diaria que arrastraba consigo".
En su argumentación el Supremo desestima todos los argumentos de la defensa de la tonadillera para apreciar el delito en la conducta de Pantoja y advierte de que, aún tomando los cálculos más favorables del perito propuesto por la defensa, "resultaría de todo punto insuficiente para justificar los ingresos en efectivo realizados en esa anualidad (2003) en cuentas privativas y de sus sociedades, que ascendieron a 603.459 euros
. La Sala concluye que parte de los ingresos de 2003 de la tonadillera, tanto en sus cuentas privadas como en las de sus sociedades, "son de origen desconocido y no justificado". Isabel Pantoja, que en todo caso, "es consciente de la maniobra de ocultación y de lo irregular/ilegal de su actuar", según el Supremo.
Como resumen, el Supremo destaca el aumento de ingresos en efectivo en las cuentas privativas de Isabel Pantoja en 2003, que ascendió a 293.000 euros, superior a sus ingresos totales de los siete años anteriores
. Respecto a Maite Zaldívar, la sentencia subraya que "era conocedora de que el dinero de su esposo, del que se separó en junio de 2003, procedía de actos delictivos directamente relacionados con su actividad política como concejal y alcalde Marbella".
La Sala de lo Penal ha reducido de tres años y tres meses de cárcel a dos años y medio la condena de Zaldívar y ha aminorado de siete años a seis años y medio de cárcel la pena de Julián Muñoz.
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