La acusación atribuye a Julián Muñoz blanqueo de dinero ilícito de forma continuada.
La fiscalía no está conforme con la condena de dos años de prisión impuesta a la cantante Isabel Pantoja
por la Audiencia Provincial de Málaga por blanqueo de capitales y este
jueves ha pedido al Tribunal Supremo que eleve a tres años, tres meses y
un día de cárcel la pena por lavar dinero de origen ilícito del exalcalde de Marbella Julián Muñoz.
También ha reclamado que la multa de 1,14 millones de euros fijada en primera instancia aumente hasta los 2,29 millones.
El ministerio público sostiene que el delito cometido por la artista tuvo carácter continuado, algo que no apreció el tribunal que juzgó los hechos.
La Sala presidida por Julián Sánchez Melgar ha visto hoy los recursos de casación presentados contra la sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia de Málaga en el conocido como caso Blanqueo, dictada en abril de 2013.
Además de Pantoja, fueron penadas otras seis personas, entre ellas, el exregidor marbellí (siete años de reclusión por blanqueo y cohecho) y su exesposa Maite Zaldívar (tres años, tres meses y un día de cárcel)
. Las dos exparejas de Muñoz también impugnaron la sentencia ante el alto tribunal.
El único motivo por el que la fiscalía recurrió el fallo es la condena de la artista, ya que entiende que la calificación correcta sería la de delito continuado.
“La sentencia es improcedente”, ha dicho el fiscal.
El representante de la acusación ha dudado de las “intenciones complacientes” de la Audiencia Provincial, pero ha precisado que hay razones que “a pocos se les escapan y muchos adivinan”, informa Europa Press. El asunto es de trascendencia para Pantoja.
Si el Supremo confirmara la pena de dos años, previsiblemente no entraría en prisión porque carece de antecedentes penales.
Pero la suspensión de la condena no sería posible si esta fuera superior a los 24 meses de prisión, como ahora pide el ministerio público.
El tribunal de Málaga condenó a Pantoja por ayudar a lavar dinero ilícito del exalcalde de Marbella a través de varias operaciones cifradas en 1,14 millones de euros.
Están, por un lado, los ingresos de dinero en efectivo sin justificar en sus cuentas bancarias, tanto personales como de sus sociedades.
En 2003, cuando inició su relación con Muñoz, los fondos no acreditados ascendieron a 427.962 euros.
Al año siguiente no hubo aportaciones sospechosas, que volvieron a repetirse en 2005 y 2006, con 125.210 y 181.000 euros, respectivamente.
La sección segunda de la Audiencia también concluyó que la compra de un apartamento en el hotel Guadalpín de Marbella, que costó 353.695 euros, no se sufragó con dinero procedente de las actividades legales de Pantoja y que en la adquisición del chalé Mi gitana hubo un blanqueo de 52.000 euros.
La Sala condenó a Pantoja por un delito de blanqueo, pero no estimó que fuera continuado porque, a su juicio, estas operaciones formaban “una unidad natural de acción”
. El fiscal ha rebatido hoy esta afirmación y ha dicho que esto no puede ser así porque los hechos “han sido muchos y diversos”.
“Se llevaron a cabo episodios ontológicamente diferentes con autonomía y entidad propia y con la misma intención”, ha añadido
. El objetivo era introducir el dinero ilícito en los circuitos legales.
Ese carácter continuado sí lo aplicó la Sala en el caso de Maite Zaldívar.
También ha reclamado que la multa de 1,14 millones de euros fijada en primera instancia aumente hasta los 2,29 millones.
El ministerio público sostiene que el delito cometido por la artista tuvo carácter continuado, algo que no apreció el tribunal que juzgó los hechos.
La Sala presidida por Julián Sánchez Melgar ha visto hoy los recursos de casación presentados contra la sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia de Málaga en el conocido como caso Blanqueo, dictada en abril de 2013.
Además de Pantoja, fueron penadas otras seis personas, entre ellas, el exregidor marbellí (siete años de reclusión por blanqueo y cohecho) y su exesposa Maite Zaldívar (tres años, tres meses y un día de cárcel)
. Las dos exparejas de Muñoz también impugnaron la sentencia ante el alto tribunal.
El único motivo por el que la fiscalía recurrió el fallo es la condena de la artista, ya que entiende que la calificación correcta sería la de delito continuado.
“La sentencia es improcedente”, ha dicho el fiscal.
El representante de la acusación ha dudado de las “intenciones complacientes” de la Audiencia Provincial, pero ha precisado que hay razones que “a pocos se les escapan y muchos adivinan”, informa Europa Press. El asunto es de trascendencia para Pantoja.
Si el Supremo confirmara la pena de dos años, previsiblemente no entraría en prisión porque carece de antecedentes penales.
Pero la suspensión de la condena no sería posible si esta fuera superior a los 24 meses de prisión, como ahora pide el ministerio público.
El tribunal de Málaga condenó a Pantoja por ayudar a lavar dinero ilícito del exalcalde de Marbella a través de varias operaciones cifradas en 1,14 millones de euros.
Están, por un lado, los ingresos de dinero en efectivo sin justificar en sus cuentas bancarias, tanto personales como de sus sociedades.
En 2003, cuando inició su relación con Muñoz, los fondos no acreditados ascendieron a 427.962 euros.
Al año siguiente no hubo aportaciones sospechosas, que volvieron a repetirse en 2005 y 2006, con 125.210 y 181.000 euros, respectivamente.
La sección segunda de la Audiencia también concluyó que la compra de un apartamento en el hotel Guadalpín de Marbella, que costó 353.695 euros, no se sufragó con dinero procedente de las actividades legales de Pantoja y que en la adquisición del chalé Mi gitana hubo un blanqueo de 52.000 euros.
La Sala condenó a Pantoja por un delito de blanqueo, pero no estimó que fuera continuado porque, a su juicio, estas operaciones formaban “una unidad natural de acción”
. El fiscal ha rebatido hoy esta afirmación y ha dicho que esto no puede ser así porque los hechos “han sido muchos y diversos”.
“Se llevaron a cabo episodios ontológicamente diferentes con autonomía y entidad propia y con la misma intención”, ha añadido
. El objetivo era introducir el dinero ilícito en los circuitos legales.
Ese carácter continuado sí lo aplicó la Sala en el caso de Maite Zaldívar.
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