El ahorro, por muy legítimo que sea en tiempos de crisis, no puede
prevalecer sobre el interés general.
Los poderes públicos deben asegurar a todos los ciudadanos el derecho a la protección de la salud garantizado en la Constitución.
Con esta argumentación, el Tribunal Constitucional ha rechazado suspender el decreto con el que el Ejecutivo vasco eludió aplicar la reforma sanitaria aprobada por el Gobierno.
En esta se introdujo el copago sanitario para todos los ciudadanos y se obligaba a retirar la tarjeta sanitaria a los inmigrantes en situación irregular, que ya solo pueden recibir atención urgente y en el parto y posparto. Varias autonomías se opusieron a la reforma y decidieron seguir prestando atención médica a este colectivo. En el caso del País Vasco, el Gobierno autónomo aprobó un decreto por el que suspendía las dos medidas, que fue recurrido por el Gobierno central ante el Constitucional.
Aunque no es todavía la sentencia definitiva ni entra en la cuestión competencial, el auto avala la aplicación del copago sanitario en todo el territorio, pero no la exclusión de los inmigrantes, porque atenta contra el derecho a la salud. El primer argumento es que la protección de la salud debe prevalecer sobre el supuesto beneficio económico con el que se justifica la exclusión.
El Gobierno asegura que con las medidas aplicadas se han ahorrado ya 800 millones de euros, pero es difícil calcular qué cantidad corresponde a la exclusión de los inmigrantes
. En cualquier caso, expertos en gestión sanitaria habían cuestionado el supuesto ahorro indicando que atender solo casos de urgencia significa que cuando el inmigrante reciba atención la patología se habrá agravado, lo que no solo añade sufrimiento innecesario, sino que encarece la atención.
El segundo e importante argumento es que la exclusión de los inmigrantes sin papeles no solo pone en riesgo su salud, sino también la de los demás.
Dejar sin atender a determinados colectivos reduce la eficacia de las medidas que se aplican para el control de ciertas patologías infecciosas como la tuberculosis, cuya erradicación depende de que se pueda hacer un buen seguimiento de los enfermos y sus contactos.
Hay que recordar que en los últimos años han aparecido cepas multirresistentes de tuberculosis que no responden a los tratamientos disponibles, por lo que la principal arma contra estas variantes es evitar los contagios.
El Ministerio de Sanidad ya ha dicho que el auto solo tendrá efectos sobre el País Vasco y que los inmigrantes de esa comunidad no tendrán derecho a asistencia cuando se desplacen a otros lugares
. En estos momentos son nueve las comunidades que aplican la exclusión total de los inmigrantes sin papeles, entre ellas Madrid.
Pero hay otras cuatro —País Vasco, Andalucía, Asturias y Cataluña— que siguen dándoles cobertura, y otras cuatro que ofrecen alguna cobertura con otras fórmulas, con lo que se consagra una desigualdad que no solo es injusta, sino peligrosa en términos de salud pública.
Los poderes públicos deben asegurar a todos los ciudadanos el derecho a la protección de la salud garantizado en la Constitución.
Con esta argumentación, el Tribunal Constitucional ha rechazado suspender el decreto con el que el Ejecutivo vasco eludió aplicar la reforma sanitaria aprobada por el Gobierno.
En esta se introdujo el copago sanitario para todos los ciudadanos y se obligaba a retirar la tarjeta sanitaria a los inmigrantes en situación irregular, que ya solo pueden recibir atención urgente y en el parto y posparto. Varias autonomías se opusieron a la reforma y decidieron seguir prestando atención médica a este colectivo. En el caso del País Vasco, el Gobierno autónomo aprobó un decreto por el que suspendía las dos medidas, que fue recurrido por el Gobierno central ante el Constitucional.
Aunque no es todavía la sentencia definitiva ni entra en la cuestión competencial, el auto avala la aplicación del copago sanitario en todo el territorio, pero no la exclusión de los inmigrantes, porque atenta contra el derecho a la salud. El primer argumento es que la protección de la salud debe prevalecer sobre el supuesto beneficio económico con el que se justifica la exclusión.
El Gobierno asegura que con las medidas aplicadas se han ahorrado ya 800 millones de euros, pero es difícil calcular qué cantidad corresponde a la exclusión de los inmigrantes
. En cualquier caso, expertos en gestión sanitaria habían cuestionado el supuesto ahorro indicando que atender solo casos de urgencia significa que cuando el inmigrante reciba atención la patología se habrá agravado, lo que no solo añade sufrimiento innecesario, sino que encarece la atención.
El segundo e importante argumento es que la exclusión de los inmigrantes sin papeles no solo pone en riesgo su salud, sino también la de los demás.
Dejar sin atender a determinados colectivos reduce la eficacia de las medidas que se aplican para el control de ciertas patologías infecciosas como la tuberculosis, cuya erradicación depende de que se pueda hacer un buen seguimiento de los enfermos y sus contactos.
Hay que recordar que en los últimos años han aparecido cepas multirresistentes de tuberculosis que no responden a los tratamientos disponibles, por lo que la principal arma contra estas variantes es evitar los contagios.
El Ministerio de Sanidad ya ha dicho que el auto solo tendrá efectos sobre el País Vasco y que los inmigrantes de esa comunidad no tendrán derecho a asistencia cuando se desplacen a otros lugares
. En estos momentos son nueve las comunidades que aplican la exclusión total de los inmigrantes sin papeles, entre ellas Madrid.
Pero hay otras cuatro —País Vasco, Andalucía, Asturias y Cataluña— que siguen dándoles cobertura, y otras cuatro que ofrecen alguna cobertura con otras fórmulas, con lo que se consagra una desigualdad que no solo es injusta, sino peligrosa en términos de salud pública.
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