La cadena de Mediaset ya ha abonado preventivamente casi 15 millones a la británica ITV por el litigio que mantiene por los derechos del programa
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid condena a Telecinco,
propiedad de Mediaset España, a pagar casi siete millones de euros a la
cadena británica ITV Global Entertaiment por diversos conceptos a
propósito del conflicto que mantienen ambas partes por los derechos de
emisión del programa Pasapalabra, que actualmente emite el canal.
En primer lugar, el fallo de la Audiencia de Madrid, dictado el 20 de septiembre de 2016, condena a Mediaset España a pagar 5,4 millones a la cadena británica en virtud del contrato principal que firmaron ambas partes en mayo de 2009 por la que ITV cedía por tres años el formato de Pasapalabra a Telecinco para su emisión en España.
Dicho contrato, que estipulaba precisamente esa cantidad, fue rescindido unilateralmente por Mediaset alegando que ITV no era propietario de las partes principales del programa, como El Rosco (la ruleta con las 26 letras por las que comienzan o están contenidas en las palabras por las que se pregunta) y la denominación del concurso.
En esta primera parte, la Audiencia ratifica una primera sentencia del juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid reconociendo el abono íntegro del primer contrato, pero corrige a la baja las otras dos indemnizaciones que debía abonar Mediaset a ITV por otros dos contratos firmados.
Así, reduce de 7,95 a 1,1 millones de euros la compensación que debe pagar Telecinco por el contrato de librería de ITV (películas, miniseries y series) y anula el pago de 1,5 millones de euros que debía afrontar la cadena española por un tercer contrato para la emisión de programas basados en otros de ITV.
Además, la Audiencia le condena al pago de 454.219 euros por las ganancias que obtuvo Telecinco por el merchandising de productos basados en el programa entre el 1 de febrero de 2010 y el 1 de julio de 2012.
Sumando las tres indemnizaciones, Mediaset tiene por ahora que abonar 6,95 millones de euros a ITV.
Pero queda por resolver la segunda parte del pleito que se refiere a una posible indemnización por los derechos generados por el programa desde mayo de 2012, en que vencía el contrato original, hasta la fecha en que deje emitirse en España, y cuya cuantía debe fijarse aún por los tribunales.
Telecinco reclama la anulación de cualquier indemnización y que le sean devueltas las cantidades ya abonadas.
Y es que, según ha podido saber EL PAÍS en fuentes de la cadena, se da la circunstancia de que ITV ya ha ejecutado la mitad del aval de 29,8 millones que depositó Mediaset por orden judicial al inicio del proceso, por lo que la cadena británica ya ha cobrado casi 15 millones de euros.
Por su parte, ITV reclama una indemnización basada en las ganancias que por todos los conceptos haya podido obtener Telecinco desde 2012, que elevaría la compensación por encima de los 20 millones de euros.
Un criterio que rechaza completamente la cadena de Mediaset que indica que, en caso de que el Supremo desestime su recurso, el criterio para fijar la indemnización no serían en ningún caso las ganancias obtenidas por el canal, sino la cuantía del contrato original de 5,4 millones de euros por tres años, es decir, a razón de 1,8 millones por año.
Si se sigue este criterio, como quiera que el programa se sigue emitiendo, por los últimos cinco años (2012-2017), ITV debería cobrar 9 millones de euros adicionales a los 7 que ya le han reconocido los tribunales.
Pero en caso de que el Supremo de la razón a Telecinco, ITV debe devolver parcial o íntegramente los 15 millones de euros recibidos.
Además, Telecinco también confía para reforzar su recurso ante el Supremo en que los tribunales italianos resuelvan el litigio que mantienen la productora MC&F contra ITV reclamando el reconocimiento de la titularidad sobre El Rosco, que habría sido creado por esta productora holandesa a finales de los 90, y de la que se habría apropiado indebidamente ITV.
La denominación Pasapalabra también está recurrida por una cadena italiana.
Por otra parte, Telecinco señaló, en un comunicado, que ha pedido a El Confidencial, que adelantó este miércoles la sentencia de la Audiencia Provincial, una rectificación de su noticia acerca del caso, porque “el artículo está plagado de incorrecciones, omisiones y verdades parciales”.
El medio online, por su parte, defiende la veracidad del artículo referido a este litigio.
En primer lugar, el fallo de la Audiencia de Madrid, dictado el 20 de septiembre de 2016, condena a Mediaset España a pagar 5,4 millones a la cadena británica en virtud del contrato principal que firmaron ambas partes en mayo de 2009 por la que ITV cedía por tres años el formato de Pasapalabra a Telecinco para su emisión en España.
Dicho contrato, que estipulaba precisamente esa cantidad, fue rescindido unilateralmente por Mediaset alegando que ITV no era propietario de las partes principales del programa, como El Rosco (la ruleta con las 26 letras por las que comienzan o están contenidas en las palabras por las que se pregunta) y la denominación del concurso.
En esta primera parte, la Audiencia ratifica una primera sentencia del juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid reconociendo el abono íntegro del primer contrato, pero corrige a la baja las otras dos indemnizaciones que debía abonar Mediaset a ITV por otros dos contratos firmados.
Así, reduce de 7,95 a 1,1 millones de euros la compensación que debe pagar Telecinco por el contrato de librería de ITV (películas, miniseries y series) y anula el pago de 1,5 millones de euros que debía afrontar la cadena española por un tercer contrato para la emisión de programas basados en otros de ITV.
Además, la Audiencia le condena al pago de 454.219 euros por las ganancias que obtuvo Telecinco por el merchandising de productos basados en el programa entre el 1 de febrero de 2010 y el 1 de julio de 2012.
Sumando las tres indemnizaciones, Mediaset tiene por ahora que abonar 6,95 millones de euros a ITV.
Pero queda por resolver la segunda parte del pleito que se refiere a una posible indemnización por los derechos generados por el programa desde mayo de 2012, en que vencía el contrato original, hasta la fecha en que deje emitirse en España, y cuya cuantía debe fijarse aún por los tribunales.
Recurso ante el Supremo
Antes, el Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre los dos recursos presentados por las partes contra la sentencia de la Audiencia Provincial.Telecinco reclama la anulación de cualquier indemnización y que le sean devueltas las cantidades ya abonadas.
Y es que, según ha podido saber EL PAÍS en fuentes de la cadena, se da la circunstancia de que ITV ya ha ejecutado la mitad del aval de 29,8 millones que depositó Mediaset por orden judicial al inicio del proceso, por lo que la cadena británica ya ha cobrado casi 15 millones de euros.
Por su parte, ITV reclama una indemnización basada en las ganancias que por todos los conceptos haya podido obtener Telecinco desde 2012, que elevaría la compensación por encima de los 20 millones de euros.
Un criterio que rechaza completamente la cadena de Mediaset que indica que, en caso de que el Supremo desestime su recurso, el criterio para fijar la indemnización no serían en ningún caso las ganancias obtenidas por el canal, sino la cuantía del contrato original de 5,4 millones de euros por tres años, es decir, a razón de 1,8 millones por año.
Si se sigue este criterio, como quiera que el programa se sigue emitiendo, por los últimos cinco años (2012-2017), ITV debería cobrar 9 millones de euros adicionales a los 7 que ya le han reconocido los tribunales.
Pero en caso de que el Supremo de la razón a Telecinco, ITV debe devolver parcial o íntegramente los 15 millones de euros recibidos.
Además, Telecinco también confía para reforzar su recurso ante el Supremo en que los tribunales italianos resuelvan el litigio que mantienen la productora MC&F contra ITV reclamando el reconocimiento de la titularidad sobre El Rosco, que habría sido creado por esta productora holandesa a finales de los 90, y de la que se habría apropiado indebidamente ITV.
La denominación Pasapalabra también está recurrida por una cadena italiana.
Por otra parte, Telecinco señaló, en un comunicado, que ha pedido a El Confidencial, que adelantó este miércoles la sentencia de la Audiencia Provincial, una rectificación de su noticia acerca del caso, porque “el artículo está plagado de incorrecciones, omisiones y verdades parciales”.
El medio online, por su parte, defiende la veracidad del artículo referido a este litigio.
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