Apenas 700 particulares usan cada año en España esta fórmula, frecuente en otros países
La ley de segunda oportunidad abre otra puerta al perdón de las deudas y su negociación.
De este camino atormentado surgió una solución poco frecuente en España: declararse insolvente. Casi dos años después, no es que sea un hombre feliz, pero podrá pagar lo que debe después de que un juez haya aprobado su convenio con los acreedores y le hayan perdonado una parte de sus deudas. Durante los próximos cuatro años, podrá separarse de cualquier mujer pero no de Laia Folguera. Laia es su administradora concursal.
Su vida está sometida a un plan de pagos como quien precisa ventilación asistida.
Si necesitara más gasoil para la calefacción porque el invierno se hace duro, habrá de pedirle permiso a Laia; si quiere adquirir un coche de segunda mano, Laia tendrá la última palabra.
Su abogado remite un informe semestral al juez y ella administra su bolsillo; es una mujer rubia que guarda en un archivador todo aquello que en la vida de Muñoz se resume en números, su pasado contable y la posibilidad de un futuro en paz.
Laia escarba con sus dedos en el expediente y encuentra lo que busca: Muñoz debía 540.427 euros, de los cuales 418.504 correspondían a deuda bancaria, 7.000 a la Agencia Tributaria y 600 a la Seguridad Social, y el valor de su casa no sobrepasaba los 250.000 euros.
Era un hombre arruinado para toda la vida, que es lo que suele ocurrir en España.
Lo dice bien claro el artículo 1.911 del Código Civil: “El deudor responde con todos sus bienes presentes y futuros”. Una deuda nunca se cancela. Incluso, se hereda.
La clave, en el caso de Muñoz, fue doblegar la resistencia del banco: “Al final, los bancos son personas”, explica Laia. “Durante meses, quien gestionaba su deuda en el banco se negaba a cualquier acuerdo.
Felizmente, esta persona fue sustituida y pudimos ver un resquicio”. En el bufete Jausas, de Barcelona, Muñoz es un caso de éxito.
"En Estados Unidos, país con mayor tolerancia al fracaso, la gran mayoría de casos de insolvencia lo son de consumidores"
Pero es mucho más probable que suceda desde el pasado febrero.
Se aprobó entonces una ley de segunda oportunidad que, en este punto, ha tratado de paliar los problemas de la fórmula anterior.
El sistema inicial de la ley de 2003 no funcionaba porque exigía un acuerdo entre acreedor y deudor. En el caso de la deuda hipotecaria, la más importante para la mayoría de las familias, si el banco no colaboraba de forma voluntaria —y pocas veces lo hacía— no había arreglo.
De hecho, en 2010, en plena crisis, frente a los casi 5.000 concursos de acreedores de empresas, solo hubo algo más de 900 de particulares, cifra que en 2014 bajó hasta los 646.
De ellas, además, casi ninguna tuvo éxito.
La media de los últimos años es de unos 700 casos al año.
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