El fiscal de Baleares Pedro Horrach entregó esta mañana en el Juzgado
de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca un largo escrito en el que
solicita que se fije una fianza de casi 8,2 millones de euros para Iñaki Urdangarin y Diego Torres, su socio en el Instituto Nóos,
en concepto de responsabilidad civil por lo supuestamente defraudado a
las arcas públicas durante los tres años en que hicieron negocio con los
gobiernos de Baleares y la Comunidad Valenciana.
El escrito sostiene que Urdangarin y Torres crearon el Instituto Nóos con el aparente reclamo de una "entidad sin ánimo de lucro" para conseguir contratos con las administraciones públicas como si se tratara de una organización benéfica.
Sin embargo, el dinero conseguido para ese Instituto sin supuesto ánimo de lucro acabó desviándose a empresas privadas propiedad de Urdangarin y Torres. Para lograr ese negocio, contaron con la complicidad de los gobernantes del PP en Baleares y la Comunidad Valenciana, que no convocaron concursos para adjudicar los contratos a Nóos y ni siquiera fiscalizaron que los precios que Urdangarin y Torres fijaban para los eventos eran acordes con el gasto realizado.
El fiscal hace un relato pormenorizado de estas irregularidades en las que se basa su petición de fianza:
OBJETIVOS DE LA TRAMA. "La única finalidad perseguida con la creación y posterior toma de control del Instituto Nóos por parte de Iñaki Urdangarin y Diego Torres era contar con la cobertura de una asociación que formalmente no perseguía ánimo de lucro (una especie de ONG dedicada a proyectos sociales) a los siguientes efectos:
a.- El acceso a fondos públicos a través de Convenios de Colaboración con entidades públicas, ya que presentándose como compañía mercantil privada les estarían vedadas dichas opciones.
b.- Aparentar la no persecución de fines lucrativos.
c.- Rodearse del prestigio social derivado de las actuaciones altruistas a las que presuntamente se dedicaba la asociación.
d.- Evitar suspicacias por parte de terceros al financiarse básicamente con fondos procedentes de organismos públicos.
LA ACTUACIÓN DE LOS GOBIERNOS. "Por parte de los responsables de las administraciones públicas [gobiernos del PP en Comunidad Valenciana y Baleares] se tomaron decisiones administrativas arbitrarias e injustas, en tanto que adoptadas al margen de cualquier expediente administrativo, puesto que la apertura del preceptivo expediente y procedimiento administrativo hubiera impedido y obstaculizado la consecución de la ilícita finalidad de beneficiar a personas concretas".
"Los convenios de colaboración son fruto de una actividad delictiva premeditada por lo que el resarcimiento de los perjuicios ocasionados a las arcas públicas debe alcanzar la totalidad de los fondos públicos percibidos por el Instituto Nóos [que con seis millones de euros a los que hay que sumar un tercio de esa cantidad, según fija la Ley, con lo que se alcanzan los 8 millones que solicita el escrito]".
CONTRATOS VERBALES ENTRE LOS POLÍTICOS Y EL DUQUE. "Los responsables políticos de las administraciones correspondientes pactaron de forma verbal con los representantes del Instituto Nóos la celebración de los congresos denominados VALENCIA SUMMIT e ILLES BALEARS FORUM, al margen de cualquier expediente administrativo y, de hecho, el Instituto Nóos empezó a organizar y desarrollar dichos proyectos con anterioridad a la formalización de los respectivos convenios de colaboración".
EXPEDIENTES INEXISTENTES. "La omisión deliberada del expediente administrativo supone un atentado frontal a los principios básicos antes citados. La inexistencia del expediente administrativo tuvo como consecuencia directa la vulneración reiterada y flagrante de otras exigencias legales que debían imperativamente respetarse y que se obviaron para conseguir los ilícitos objetivos predeterminados".
DESVIACIÓN DE PODER. "La conclusión, tras lo expuesto, es que estamos en presencia de una conciencia irrefutable de desviaciones de poder, requisito básico para calificar las distintas conductas como delictivas".
El escrito sostiene que Urdangarin y Torres crearon el Instituto Nóos con el aparente reclamo de una "entidad sin ánimo de lucro" para conseguir contratos con las administraciones públicas como si se tratara de una organización benéfica.
Sin embargo, el dinero conseguido para ese Instituto sin supuesto ánimo de lucro acabó desviándose a empresas privadas propiedad de Urdangarin y Torres. Para lograr ese negocio, contaron con la complicidad de los gobernantes del PP en Baleares y la Comunidad Valenciana, que no convocaron concursos para adjudicar los contratos a Nóos y ni siquiera fiscalizaron que los precios que Urdangarin y Torres fijaban para los eventos eran acordes con el gasto realizado.
El fiscal hace un relato pormenorizado de estas irregularidades en las que se basa su petición de fianza:
OBJETIVOS DE LA TRAMA. "La única finalidad perseguida con la creación y posterior toma de control del Instituto Nóos por parte de Iñaki Urdangarin y Diego Torres era contar con la cobertura de una asociación que formalmente no perseguía ánimo de lucro (una especie de ONG dedicada a proyectos sociales) a los siguientes efectos:
a.- El acceso a fondos públicos a través de Convenios de Colaboración con entidades públicas, ya que presentándose como compañía mercantil privada les estarían vedadas dichas opciones.
b.- Aparentar la no persecución de fines lucrativos.
c.- Rodearse del prestigio social derivado de las actuaciones altruistas a las que presuntamente se dedicaba la asociación.
d.- Evitar suspicacias por parte de terceros al financiarse básicamente con fondos procedentes de organismos públicos.
LA ACTUACIÓN DE LOS GOBIERNOS. "Por parte de los responsables de las administraciones públicas [gobiernos del PP en Comunidad Valenciana y Baleares] se tomaron decisiones administrativas arbitrarias e injustas, en tanto que adoptadas al margen de cualquier expediente administrativo, puesto que la apertura del preceptivo expediente y procedimiento administrativo hubiera impedido y obstaculizado la consecución de la ilícita finalidad de beneficiar a personas concretas".
"Los convenios de colaboración son fruto de una actividad delictiva premeditada por lo que el resarcimiento de los perjuicios ocasionados a las arcas públicas debe alcanzar la totalidad de los fondos públicos percibidos por el Instituto Nóos [que con seis millones de euros a los que hay que sumar un tercio de esa cantidad, según fija la Ley, con lo que se alcanzan los 8 millones que solicita el escrito]".
CONTRATOS VERBALES ENTRE LOS POLÍTICOS Y EL DUQUE. "Los responsables políticos de las administraciones correspondientes pactaron de forma verbal con los representantes del Instituto Nóos la celebración de los congresos denominados VALENCIA SUMMIT e ILLES BALEARS FORUM, al margen de cualquier expediente administrativo y, de hecho, el Instituto Nóos empezó a organizar y desarrollar dichos proyectos con anterioridad a la formalización de los respectivos convenios de colaboración".
EXPEDIENTES INEXISTENTES. "La omisión deliberada del expediente administrativo supone un atentado frontal a los principios básicos antes citados. La inexistencia del expediente administrativo tuvo como consecuencia directa la vulneración reiterada y flagrante de otras exigencias legales que debían imperativamente respetarse y que se obviaron para conseguir los ilícitos objetivos predeterminados".
DESVIACIÓN DE PODER. "La conclusión, tras lo expuesto, es que estamos en presencia de una conciencia irrefutable de desviaciones de poder, requisito básico para calificar las distintas conductas como delictivas".
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