Un Blues

Un Blues
Del material conque están hechos los sueños

12 feb 2012

REFORMA LABORAL

Las claves principales de la reforma

  • Se generaliza la indemnización de 33 días. El despido procedente será indemnizado con 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Se respetarán los derechos adquiridos: a los contratos preexistentes se les aplicará la indemnización de 45 años hasta la entrada en vigor de la norma, es decir, hasta ayer. A partir de entonces el cómputo se realiza con arreglo a la nueva norma.
  • Veinte días si el despido es por causas económicas. Bastará una caída de ventas durante tres trimestres para que una empresa utilice el despido procedente, tanto individual como a través de expedientes de regulación de empleo (ERE), que ya no necesitarán autorización previa.
  • Contrato indefinido para apoyar a pequeños empresarios. Se crea una nueva modalidad de contrato para pymes y autónomos con empresas de menos de 50 trabajadores. El periodo de prueba de estos contratos será de un año. El empresario tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contrate a su primer trabajador, siempre que este sea menor de 30 años. Los empresarios que contraten a un trabajador que estaba en paro podrán deducirse el 50% de la prestación que este estuviera cobrando. Por su parte, el empleado podrá recibir, junto a su sueldo el 25% de esa prestación.
  • Límite al encadenamiento de contratos temporales. A partir del 31 de diciembre de 2012 (y no del 30 de junio de 2013 como establecía la ley actual) se recupera la prohibición de encadenar contratos temporales durante más de dos años o 24 meses.
  • Impulso a los contratos a tiempo parcial. El impulso a esta modalidad de contratos se hace para intentar que los trabajadores puedan “compatibilizar mejor el empleo con los estudios y con su vida familiar y persona”, según señala el Real Decreto Ley, aprobado el pasado viernes. En realidad son contratos para bajos salarios y para atender picos de actividad en empresas de baja cualificación.
  • Las ETT se encargarán de la colocación. La normativa permite que las Empresas de Trabajo Temporal actúen como agencias privadas de colocación para facilitar que los desempleados encuentren trabajo.

No hay comentarios: