La responsable de tramitar los testamentos vitales de la consejería de Sanidad en Canarias fallece sin que el suyo se haya cumplido, afirman sus familiares.
Marcela Padrón, de 63 años, había dejado todo preparado para morir.
En el documento de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad que había firmado en 2013 expresaba su deseo de que, en caso de enfermedad incurable o irreversible, le proporcionaran los tratamientos necesarios para paliar al máximo el dolor, el sufrimiento o la angustia extrema, aunque eso pudiese "acortar" su "expectativa de vida”.
Marcela falleció el pasado 15 de marzo en Las Palmas de Gran Canaria después de cuatro días en los que padeció fallos en los riñones y en el corazón, sepsis e inflamaciones por todo el cuerpo. Un tiempo en el que estuvo amarrada a la cama del hospital sin recibir sedantes ni calmantes.
Es lo que sostienen sus familiares, quienes piden al centro médico una explicación de por qué no respetaron las últimas voluntades de su ser querido.
La mujer, trabajadora de la Consejería de Sanidad de Canarias, era la encargada de tramitar los testamentos vitales en la provincia de Las Palmas.
Su hijo Aridani González señala que ella creía en ese documento no solo por su desempeño profesional, sino “como una herramienta fundamental para que la población pudiera procurarse una muerte digna”.
Los testamentos vitales en Canarias están amparados por la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona, aprobada en 2015.
En este periodo se han suscrito unos 11.000 documentos de este tipo en todo el archipiélago.
Además de fecha de final, el calvario de Marcela tuvo día de inicio: el 6 de diciembre de 2017.
Unas molestias en el estómago la llevaron hasta el Hospital Doctor Negrín de la capital grancanaria.
Por un error de diagnóstico, la empezaron a tratar de un cáncer de hígado en fase cuatro y con metástasis, y le dieron una esperanza de vida de semanas.
Ahí comenzó a aplicarse el testamento de últimas voluntades de la mujer, y con ello, un tratamiento paliativo dirigido a dormirla. Hasta que varios días después llegaron los resultados correctos de las pruebas que le habían practicado a su entrada al centro y que determinaron que lo que padecía era un linfoma.
Los médicos comenzaron entonces a despertarla para iniciar el tratamiento con quimioterapia.
Aridani guarda recuerdos “dulces” de esos momentos del proceso. “Mi hermano y yo hablamos con ella de la muerte con naturalidad, de qué quería que hiciéramos una vez ella no estuviera.
Es una de las vivencias más importantes que me llevaré de mi madre”. Fue durante los meses de enero y febrero, periodo en el que incluso se le permitió regresar a casa.
Según los médicos, las posibilidades de curación del linfoma rondaban el 50%.
Pero el 8 de marzo todo se tuerce.
El estado de salud de Marcela se deteriora bruscamente, e ingresa por Urgencias en el Doctor Negrín.
Allí pasa nueve horas en una cama junto a la salida de emergencias del centro, asegura su hijo.
A la reclamación que interpusieron recibieron la respuesta de que “el espacio del servicio de urgencias es el mismo que hace 20 años y la demanda asistencial ha ido en aumento; por tanto, muchos pacientes se han de ubicar en los pasillos, aunque no es lo adecuado”, concluye el escrito.
El vía crucis de Marcela, sin embargo, solo había comenzado.
El 12 de marzo, la mujer sufre un fallo multiorgánico y una sepsis. “Deciden entonces ingresarla en Medicina Intensiva, pero al no haber camas, la trasladan a Reanimación, donde la médica nos dice que el testamento vital no se va a aplicar”, relata Aridani.
Las diferentes interpretaciones de los términos “irreversible” e “incurable” hace que los facultativos continúen el tratamiento para intentar salvarle la vida al entender que su situación era “tratable”, mientras que él considera que de esa manera se alargaba el sufrimiento de su madre en contra de la voluntad que ella misma había expresado en el documento.
En caso de sobrevivir, añade, se habría enfrentado “a problemas respiratorios, a diálisis, a posibles amputaciones de miembros o a una más que posible ceguera, lo que refleja la interpretación torticera que hicieron del documento”.
Cuatro días se prolongó la agonía.
En ese periodo, la solicitud de contar con la asistencia del Comité de Ética Asistencial por parte de la familia fue respondida con los argumentos de que era “absurda, ridícula y sin utilidad”, asegura Aridani.
Finalmente, el sufrimiento acabó el día 15 de marzo, cuando una médica que entró en turno de tarde, y ante un leve empeoramiento de la paciente, decidió sedarla.
La versión del hospital sobre todo lo ocurrido es otra.
El director médico del Doctor Negrín, Daniel Ceballos, que indica que por razones legales y deontológicas de secreto profesional no puede dar muchos detalles del caso, “lamenta discrepar con la interpretación de los hechos realizada por la familia” y apunta que el centro es una referencia nacional en el manejo del dolor.
El artículo 13 de la ley canaria de muerte digna establece que “los pacientes tienen derecho a recibir la atención idónea que prevenga y alivie el dolor, incluida la sedación si el dolor es refractario al tratamiento específico”.
Sobre la base de este precepto, el abogado grancanario Patricio Rodríguez argumenta que “Marcela se encontraba en estado grave y con pronóstico mortal, y al parecer, sus medidas paliativas contra el dolor no se aplicaron”.
La familia ha presentado un escrito en el hospital solicitando una respuesta y una investigación al respecto.
Ahora se abre un plazo de seis meses para que el centro conteste. Transcurrido ese plazo, y si no obtienen respuesta o esta no les satisface, podrían continuar por la vía judicial.
El 14 de marzo Aridani cumplía 40 años.
La doctora con la que habló en el hospital ese mañana, aunque le reconoció que no eran las mejores circunstancias para hacerlo, lo felicitó.
Él le contestó que el mejor regalo que podía recibir era que su madre falleciera tranquila.
Y ella le concedió el deseo al día siguiente, poco después de las siete de la tarde.
En el documento de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad que había firmado en 2013 expresaba su deseo de que, en caso de enfermedad incurable o irreversible, le proporcionaran los tratamientos necesarios para paliar al máximo el dolor, el sufrimiento o la angustia extrema, aunque eso pudiese "acortar" su "expectativa de vida”.
Marcela falleció el pasado 15 de marzo en Las Palmas de Gran Canaria después de cuatro días en los que padeció fallos en los riñones y en el corazón, sepsis e inflamaciones por todo el cuerpo. Un tiempo en el que estuvo amarrada a la cama del hospital sin recibir sedantes ni calmantes.
Es lo que sostienen sus familiares, quienes piden al centro médico una explicación de por qué no respetaron las últimas voluntades de su ser querido.
La mujer, trabajadora de la Consejería de Sanidad de Canarias, era la encargada de tramitar los testamentos vitales en la provincia de Las Palmas.
Su hijo Aridani González señala que ella creía en ese documento no solo por su desempeño profesional, sino “como una herramienta fundamental para que la población pudiera procurarse una muerte digna”.
Los testamentos vitales en Canarias están amparados por la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona, aprobada en 2015.
En este periodo se han suscrito unos 11.000 documentos de este tipo en todo el archipiélago.
Además de fecha de final, el calvario de Marcela tuvo día de inicio: el 6 de diciembre de 2017.
Unas molestias en el estómago la llevaron hasta el Hospital Doctor Negrín de la capital grancanaria.
Por un error de diagnóstico, la empezaron a tratar de un cáncer de hígado en fase cuatro y con metástasis, y le dieron una esperanza de vida de semanas.
Ahí comenzó a aplicarse el testamento de últimas voluntades de la mujer, y con ello, un tratamiento paliativo dirigido a dormirla. Hasta que varios días después llegaron los resultados correctos de las pruebas que le habían practicado a su entrada al centro y que determinaron que lo que padecía era un linfoma.
Los médicos comenzaron entonces a despertarla para iniciar el tratamiento con quimioterapia.
Aridani guarda recuerdos “dulces” de esos momentos del proceso. “Mi hermano y yo hablamos con ella de la muerte con naturalidad, de qué quería que hiciéramos una vez ella no estuviera.
Es una de las vivencias más importantes que me llevaré de mi madre”. Fue durante los meses de enero y febrero, periodo en el que incluso se le permitió regresar a casa.
Según los médicos, las posibilidades de curación del linfoma rondaban el 50%.
Pero el 8 de marzo todo se tuerce.
El estado de salud de Marcela se deteriora bruscamente, e ingresa por Urgencias en el Doctor Negrín.
Allí pasa nueve horas en una cama junto a la salida de emergencias del centro, asegura su hijo.
A la reclamación que interpusieron recibieron la respuesta de que “el espacio del servicio de urgencias es el mismo que hace 20 años y la demanda asistencial ha ido en aumento; por tanto, muchos pacientes se han de ubicar en los pasillos, aunque no es lo adecuado”, concluye el escrito.
El vía crucis de Marcela, sin embargo, solo había comenzado.
El 12 de marzo, la mujer sufre un fallo multiorgánico y una sepsis. “Deciden entonces ingresarla en Medicina Intensiva, pero al no haber camas, la trasladan a Reanimación, donde la médica nos dice que el testamento vital no se va a aplicar”, relata Aridani.
Las diferentes interpretaciones de los términos “irreversible” e “incurable” hace que los facultativos continúen el tratamiento para intentar salvarle la vida al entender que su situación era “tratable”, mientras que él considera que de esa manera se alargaba el sufrimiento de su madre en contra de la voluntad que ella misma había expresado en el documento.
En caso de sobrevivir, añade, se habría enfrentado “a problemas respiratorios, a diálisis, a posibles amputaciones de miembros o a una más que posible ceguera, lo que refleja la interpretación torticera que hicieron del documento”.
Cuatro días se prolongó la agonía.
En ese periodo, la solicitud de contar con la asistencia del Comité de Ética Asistencial por parte de la familia fue respondida con los argumentos de que era “absurda, ridícula y sin utilidad”, asegura Aridani.
Finalmente, el sufrimiento acabó el día 15 de marzo, cuando una médica que entró en turno de tarde, y ante un leve empeoramiento de la paciente, decidió sedarla.
La versión del hospital sobre todo lo ocurrido es otra.
El director médico del Doctor Negrín, Daniel Ceballos, que indica que por razones legales y deontológicas de secreto profesional no puede dar muchos detalles del caso, “lamenta discrepar con la interpretación de los hechos realizada por la familia” y apunta que el centro es una referencia nacional en el manejo del dolor.
El artículo 13 de la ley canaria de muerte digna establece que “los pacientes tienen derecho a recibir la atención idónea que prevenga y alivie el dolor, incluida la sedación si el dolor es refractario al tratamiento específico”.
Sobre la base de este precepto, el abogado grancanario Patricio Rodríguez argumenta que “Marcela se encontraba en estado grave y con pronóstico mortal, y al parecer, sus medidas paliativas contra el dolor no se aplicaron”.
La familia ha presentado un escrito en el hospital solicitando una respuesta y una investigación al respecto.
Ahora se abre un plazo de seis meses para que el centro conteste. Transcurrido ese plazo, y si no obtienen respuesta o esta no les satisface, podrían continuar por la vía judicial.
El 14 de marzo Aridani cumplía 40 años.
La doctora con la que habló en el hospital ese mañana, aunque le reconoció que no eran las mejores circunstancias para hacerlo, lo felicitó.
Él le contestó que el mejor regalo que podía recibir era que su madre falleciera tranquila.
Y ella le concedió el deseo al día siguiente, poco después de las siete de la tarde.