19 de julio de 2001. Génova acoge una reunión de los
líderes del G8.
Miles de manifestantes de todo el mundo, muchos de
ellos miembros del llamado movimiento no-global, acuden a la ciudad
italiana para protestar contra el mitin. El Gobierno de Silvio
Berlusconi despliega miles de agentes y blinda la ciudad con murallas y
puestos de control. Génova se llena de cortejos masivos y pacíficos.
Algunos
black block sin embargo se acaban enfrentando duramente a la policía.
20 de julio de 2001. Segundo día de manifestaciones
y, también, de incidentes. Los choques entre agentes y anarquistas se
saldan con una muerte: Carlo Giuliani. Un
carabiniere le dispara cuando el joven, de 23 años, intentaba arrojarle un estintor.
21 de julio de 2001. Tras una reunión nocturna, el
VII Nucleo de la policía móvil irrumpe en la escuela Armando Diaz, donde
(supuestamente) cree que se esconden los
black block. Unos 400
policías conforman la operación. La escuela es en realidad la sede del
Génova Social Forum, en esa ocasión reconvertida en dormitorio, mientras
que el edificio de enfrente acoge un área con ordenadores y conexión,
usada por muchos periodistas como zona de prensa. Las 93 personas, entre
activistas, reporteros y miembros de la organización, que duermen en la
Diaz sufren porrazos, traumas y todo tipo de violencia. 82 acaban
heridos, 63 hospitalizados, y 20 padecen fracturas en los huesos. Aun
así, muchos son llevados a la comisaría de Bolzaneto, donde sufren lo
que en 2008 la primera sentencia sobre esos sucesos definirá como
"torturas". Los 93 acaban además detenidos y acusados, entre otras
cosas, de asociación para delinquir, posesión de armas y saqueo.
22 de julio de 2001. En una rueda de prensa, la
policía muestra las supuestas pruebas que justifican la irrupción en la
Díaz. Entre ellas, varias armas y dos cócteles molotov que, como se
demuestra durante la investigación, habían sido requisadas en otro sitio
días antes. La policía habla de una "resistencia aguerrida". El
Supremo, 11 años después, hablará en cambio de "personas claramente
inermes".
6 de abril de 2005. Arranca el juicio sobre lo
ocurrido en la escuela, con 28 imputados. Entre ellos, agentes,
funcionarios y algunos jefes de la policía. Las acusaciones van de
lesiones graves a detención arbitraria, pasando por falsos testimonios.
14 de julio de 2008. La primera instancia del
proceso sobre los sucesos de la comisaría de Bolzaneto termina con 30
absoluciones y 15 condenados, la mayoría agentes, a entre cinco meses y
cinco años de cárcel. “La falta, en el sistema penal italiano, de un
delito específico de tortura ha obligado la oficina del fiscal a limitar
las conductas inhumanas y degradantes (que habrían podido sin duda ser
incluidas en la noción de tortura adoptada en las convenciones
internacionales)”, escriben los jueces en las motivaciones de la
sentencia.
13 de noviembre de 2008. Termina la primera
instancia del juicio sobre los hechos de la Diaz. Hay 13 condenados a un
total de 35 años y siete meses de prisión. Los otros 15, entre ellos
todos los directivos imputados, son absueltos.
"La justicia truncada", titula el diario italiano La Repubblica.
8 de octubre de 2009. En un juicio paralelo, el
entonces jefe de la policía italiana, Gianni De Gennaro, acusado de
inducir a testificar en falso al cuestor de Génova, Francesco Colucci,
es absuelto.
5 de marzo de 2010. Juicio de apelación sobre
Bolzaneto. La corte anula las absoluciones del primer grado y condena a
todos los imputados a resarcir el daño causado. Siete de ellos son
además condenados a entre uno y tres años de cárcel. Entre tanto, sin
embargo, los delitos han prescrito. "Aludir al nazismo y al fascismo, al
programa de exterminio de los judíos, a la humillación del individuo,
justo mientras son cometidos los delitos contestados, o en los momentos
previos o siguientes, representa el deshonor máximo del que puede
mancharse el comportamiento de un oficial público", se puede leer en la
sentencia.
18 de mayo de 2010. La apelación del juicio sobre la
Diaz revoluciona el caso. La policía mantuvo un comportamiento "sádico"
según la corte. De 28 imputados, 25 son condenados, a un total de 98
años y 3 meses de cárcel. Entre ellos, cargos como el comandante del
primer reparto móvil de Roma, Vincenzo Canterini, el jefe del
departamento central anticrimen, Francesco Gratteri, y el ex subdirector
del Ucigos (la policía de prevención), Giovanni Luperi. A la sazón, los
tres habían sido ya ascendidos respecto al puesto ocupado durante el G8
de Génova.
17 de junio de 2010. En la segunda instancia es
condenado también De Gennaro. El juez le considera culpable de inducir a
testificar en falso al cuestor y le condena a 1 año y cuatro meses de
reclusión.
22 de noviembre de 2011. Tercera y última fase del juicio a De Gennaro. El exjefe de la policía es absuelto: “Los hechos no subsisten”.
5 de julio de 2012. El Tribunal Supremo confirma
definitivamente la sentencia de apelación sobre la Diaz. Todos los 25
condenados son suspendidos de inmediato de sus funciones ya que el juez
establece que queden vetados de ostentar cargos públicos durante cinco
años. Las condenas a los agentes por lesiones graves en cambio ya han
prescrito.
2 de octubre de 2012. Se publican las motivaciones
de la sentencia del Supremo sobre la Diaz. El tribunal subraya "el
odioso comportamiento de quien, en posición de mando, una vez
descubierto que el registro había acabado en masacre injustificable, en
vez de aislar a los violentos denunciándolos y disociándose de un
comportamiento que había dañado la imagen de la Nación ante el mundo
entero, decidió insistir en las detenciones creando una serie de
circunstancias falsas". "La gravedad absoluta se halla en el hecho de
que las violencias, generalizadas en todos los ambientes de la escuela,
se desataron contra personas claramente inermes, algunas dormidas, otras
que ya mostraban su sumisión sentadas con las manos levantadas, a la
espera evidente de disposiciones", continúa el Alto Tribunal italiano.
10 de diciembre de 2012. Condenado a 2 años y 8
meses el excuestor de Génova, Francesco Colucci, por testificar en falso
en el juicio sobre la Diaz. Colucci maquilló su testimonio para evitar
involucrar al entonces jefe de la policía, De Gennaro, según el juez.
11 de enero de 2013. El Tribunal Europeo de los
derechos humanos admite a trámite el recurso de algunas de las víctimas
de la Diaz y Bolzaneto. Por tanto, concede tres meses al Gobierno
italiano para aclarar los hechos, los procesos y si las condenas finales
son apropiadas. La Corte de Estrasburgo critica también el hecho de
que, durante el juicio, "no ha sido posible identificar a todos los
responsables".
5 de febrero de 2013. Archivada la denuncia contra
los agentes que golpearon, fuera de la Diaz y poco antes de la irrupción
policial, al periodista inglés Mark Covell. El reportero acabó con ocho
costillas rotas, una mano fracturada, los dientes destrozados y un
pulmón perforado. "La falta de colaboración de los investigadores con la
fiscalía de Génova ha impedido
de facto la identificación de los responsables", defiende la fiscal Adriana Petri.
El futuro. "El G8 de Génova es un capítulo cerrado", declaró a
La Repubblica
a finales de 2012 el entonces jefe de la policía italiana, Antonio
Manganelli (fallecido el 20 de marzo de 2013).
"No está cerrado en
absoluto", defiende en cambio Laura Tartarini, abogada que ha asistido a
algunas de las víctimas a lo largo de toda la odisea judicial.
En
efecto, el 8 de mayo se retoma la instancia final del juicio sobre lo
ocurrido en la comisaría de Bolzaneto, cuya sentencia según la letrada
llegará el día 10. Bastante más habrá que esperar para las motivaciones
de la decisión del juez.
Una vez concluido el recorrido penal, los apaleados de ambos sucesos
pedirán, por la vía civil, una indemnización
. También queda pendiente el
desarrollo del recurso de las víctimas ante al Tribunal Europeo de los
derechos humanos: son una veintena entre los que recurrieron en enero y
otros que lo hicieron hace un mes. Tartarini explica que sus clientes
piden que Italia introduzca en su código penal el delito de tortura y,
en consecuencia, que reciban una indemnización por haberlo sufrido en su
piel.