El Gobierno se ha comprometido a crear un
comité de expertos independientes para estudiar la posibilidad de
regular el llamado factor de sostenibilidad de las pensiones, un
mecanismo de ajuste automático de ciertos parámetros de las pensiones
(edad de jubilación, años de cotización necesarios o importe inicial de
la pensión) vinculado a la esperanza de vida de la población y que ya
está implantado en varios países europeos
. La ministra de Empleo, Fátima
Báñez, ha anunciado que el resultado del análisis de este grupo, que se
creará tras un mes de la entrada en vigor del real decreto ley sobre la reforma de las pensiones aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, será remitido al Pacto de Toledo.
Esta es una de las novedades de una normativa sobre pensiones que, en
líneas generales, endurece las condiciones de acceso a la jubilación
anticipada y parcial, rebaja los costes de las empresas en los despidos
colectivos que incluyan pocos trabajadores de 50 años, y permite
combinar salario y pensión, con independencia de la jornada laboral, a
todos los trabajadores, excepto a los funcionarios.El Ministerio de Empleo ha cifrado en unos 5.000 millones de euros, de aquí a 2027, los menores costes que tendrá que soportar el sistema de la Seguridad Social después de que haya aprobado endurecer el acceso a las jubilaciones parcial y anticipada. Estas son las principales medidas:
Jubilación anticipada voluntaria. En lo que respecta a la jubilación anticipada de carácter voluntario, se eleva a 35 años el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a esta figura, a la que podrán acogerse los trabajadores de todos los regímenes, siempre que la pensión resultante supere la pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años.
Además, la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria se establece en dos años antes de la edad legal, es decir, 63 años y un mes para 2013, que se irá incrementándose manera progresiva, hasta alcanzar los 65 años en 2027, año en el que la edad legal de retiro alcanzará los 67 años en virtud de la última reforma de pensiones, en vigor desde el pasado 1 de enero.
Los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que, cumpliendo los requisitos anteriores, se jubilen anticipadamente de manera voluntaria serán del 8% con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses.
Jubilación anticipada forzosa. En el caso de la jubilación anticipada forzosa, la norma la establece cuatro años antes de la edad legal, de tal forma que, una vez que entre en vigor, la edad de acceso será en 2013 de 61 años y un mes, y subirá gradualmente año tras año hasta alcanzar los 63 años en 2027. El periodo mínimo de cotización exigido pasará de 30 a 33 años, tal y como adelantó EL PAÍS, y para poder acogerse a esta modalidad se exigirá ser demandante de empleo al menos seis meses de la solicitud, tras un despido colectivo o un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; una resolución judicial conforme a la Ley Concursal; fuerza mayor; muerte o jubilación del empresario, y violencia de género.
Los coeficientes reductores que se aplicarán sobre la pensión serán, por cada año de adelanto respecto a la edad legal, del 6% para los que hayan cotizado más de 44,6 años; del 6,5% para entre 41,6 y 44,5 años cotizados; del 7% para entre 38,6 y 41,5 años cotizados, y del 7,5% para 38,5 años cotizados o menos.