No soy de las que quiere la cabeza de nadie, pero este tipo empalmado o no no me va a tomar el pelo y la señora Cristina menos, fue detrás de él como hembra en Celo, y lo consiguió ya había ido detrás de Alvaro Bultó pero este le dijo No, y no se cuantos más habrá ido o venido. "En las Buenas Horas y en La desgracia Hasta que la muerte los separe, creo que se dice así, pues que apechugue con su avaricia.
El yerno del Rey, Iñaki Urdangarin, ha dado un quiebro defensivo en su estrategia de defensa al advertir al juez instructor del caso Nóos, José Castro, que le ha provocado una “irreversible indefensión”.
Así lo indica en la argumentación documental contra el auto en el que se le exige una fianza de 8.189.448,44 euros, donde el letrado Mario Pascual hace constar expresamente en la causa esa advertencia para poder formular en el futuro una apelación al Tribunal Constitucional.
El camino está abierto para intentar impugnar y anular el proceso penal —y la eventual sentencia adversa— contra el esposo de la infanta Cristina. El argumento es una supuesta vulneración de los derechos fundamentales.
Urdangarin “quien era (y es) pariente de SM El Rey”, anota el abogado, queda situado en “una indefensión irreparable” porque el juez incorpora nuevos documentos, testimonios y articula otras acusaciones (tráfico de influencias)
. El instructor, según el defensor del duque de Palma, “acomoda a deshoras las diligencias previas al procedimiento abreviado”, el paso previo a un juicio
. Con ello veta procesalmente la posibilidad de discutir sus decisiones. Así “se denuncia la vulneración del principio de contradicción en del procedimiento del derecho de defensa, a los efectos de invocarlo ante la Audiencia y el Tribunal Constitucional”, prosigue.
El defensor carga contra el juez del caso Nóos por la “ inclusión de escritos y testimonios”, que desconocía. “No podía defenderse de aquello que se ignora”, apostilla. Mario Pascual tilda de “novedosa, extemporánea y sorpresiva" la introducción del juez Castro en el auto
. Insiste en que ello, otra vez, “vulnera el derecho de defensa” del duque de Palma.
“No [hay que] imponer fianza alguna en concepto de responsabilidad civil derivada de delito, al no haber cometido mi mandante ningún delito", reseña en el recurso el letrado de Urdangarin, según consta en el escrito al que ha tenido acceso EL PAÍS. En él afirma que no se sabe a ciencia cierta qué hechos se le imputan al duque y que el juez incluye sorpresivamente el delito de tráfico de influencias.
En todo caso "no existen indicios de criminalidad" contra el duque, argumenta.
Urdangarin “no se ocupaba de materias contables, fiscales, administrativas y que por ello nunca ha podido aportar factura”, agrega el escrito
. Además en él se critica la no atribución de responsabilidad directa a los políticos imputados, que decidieron los convenios. Sostiene que el instituto Nóos era una entidad sin ánimo de lucro, mientras que las asociaciones funcionan operativamente como cualquier empresa.
Argumenta que Urdangarin abandonó el instituto Nóos en marzo de 2006 y dejó en ese momento de percibir su salario mensual. En aquel año cobró 16.050 euros y desde entonces “solo iba por allí de ven en cuando y sin cobrar y no por ello puede ser igualado a ser asalariado”.Yo quiero ese abogado....
Iñaki Urdangarin, vetado por la Casa del Rey de la agenda de actos oficiales, ausente de las relaciones habituales pública de la Familia Real y borrado de la web oficial de La Zarzuela, niega al juez que ejerciera ante las autoridades ni influencia ni presión “por su mera condición de pariente por afinidad de SM El Rey de España".
Su abogado refuta que esta presencia virtual e influencia no "devino tan irresistible” hasta el extremo de que las autoridades “tan solo por ello firmaron” y "aceptaron sin rechistar” .
Mario Pascual afirma que las autoridades de Valencia y Baleares no se dejaron “doblegar ante la supuesta luz cegadora que emanaba de mi mandante por su condición de pariente real”, para obtener “ algún favor regio”. Es “inverosímil”, puntualiza.
No se “sometían” a la voluntad, no existía poder de sujeción de tal magnitud.
No era ‘víctimas’ de ” influencia o presión inaguantables insalvables”.
El abogado defensor si relaciona, para rebatirlos, los delitos que el juez detalla: delito continuado e instrumental de falsedad en documento oficial, otro instrumental y continuado de prevaricación administrativa, de malversación de fondos públicos, de fraude a la Administración, otro de prevaricación”.
Mario Pascual concluye que Aizóon (la empresa de Urdangarin y Cristina de Borbón) solo percibió de Nóos 706.932 euros en los años 2004 y 2005.
La fianza reclamada de 8,18 millones de euros, dice, “es desproporcionadamente excesiva” y arguye que “sería más equitativa” la fianza alternativa a la mayor de 5,9 millones de euros, según un cómputo de facturas diferente.
Al final reclama una prueba pericial sobre los convenios de colaboración entre interventores del Estado y el particular del duque.
Así lo indica en la argumentación documental contra el auto en el que se le exige una fianza de 8.189.448,44 euros, donde el letrado Mario Pascual hace constar expresamente en la causa esa advertencia para poder formular en el futuro una apelación al Tribunal Constitucional.
El camino está abierto para intentar impugnar y anular el proceso penal —y la eventual sentencia adversa— contra el esposo de la infanta Cristina. El argumento es una supuesta vulneración de los derechos fundamentales.
Urdangarin “quien era (y es) pariente de SM El Rey”, anota el abogado, queda situado en “una indefensión irreparable” porque el juez incorpora nuevos documentos, testimonios y articula otras acusaciones (tráfico de influencias)
. El instructor, según el defensor del duque de Palma, “acomoda a deshoras las diligencias previas al procedimiento abreviado”, el paso previo a un juicio
. Con ello veta procesalmente la posibilidad de discutir sus decisiones. Así “se denuncia la vulneración del principio de contradicción en del procedimiento del derecho de defensa, a los efectos de invocarlo ante la Audiencia y el Tribunal Constitucional”, prosigue.
El defensor carga contra el juez del caso Nóos por la “ inclusión de escritos y testimonios”, que desconocía. “No podía defenderse de aquello que se ignora”, apostilla. Mario Pascual tilda de “novedosa, extemporánea y sorpresiva" la introducción del juez Castro en el auto
. Insiste en que ello, otra vez, “vulnera el derecho de defensa” del duque de Palma.
“No [hay que] imponer fianza alguna en concepto de responsabilidad civil derivada de delito, al no haber cometido mi mandante ningún delito", reseña en el recurso el letrado de Urdangarin, según consta en el escrito al que ha tenido acceso EL PAÍS. En él afirma que no se sabe a ciencia cierta qué hechos se le imputan al duque y que el juez incluye sorpresivamente el delito de tráfico de influencias.
En todo caso "no existen indicios de criminalidad" contra el duque, argumenta.
“Empobrecimiento injusto” del "pariente real"
En línea coincidente con la defensa de su exsocio Diego Torres, Urdangarin rechaza que se incluyan en la fianza civil las cantidades correspondientes al IVA e IRPF porque “habría enriquecimiento injusto e “injusto empobrecimiento para mi mandante [el duque de Palma]”, al tener que garantizar el importe de impuestos que ya habían abonado como proveedores y trabajadores de congresos en Valencia y las islas Baleares.Urdangarin “no se ocupaba de materias contables, fiscales, administrativas y que por ello nunca ha podido aportar factura”, agrega el escrito
. Además en él se critica la no atribución de responsabilidad directa a los políticos imputados, que decidieron los convenios. Sostiene que el instituto Nóos era una entidad sin ánimo de lucro, mientras que las asociaciones funcionan operativamente como cualquier empresa.
Argumenta que Urdangarin abandonó el instituto Nóos en marzo de 2006 y dejó en ese momento de percibir su salario mensual. En aquel año cobró 16.050 euros y desde entonces “solo iba por allí de ven en cuando y sin cobrar y no por ello puede ser igualado a ser asalariado”.Yo quiero ese abogado....
Iñaki Urdangarin, vetado por la Casa del Rey de la agenda de actos oficiales, ausente de las relaciones habituales pública de la Familia Real y borrado de la web oficial de La Zarzuela, niega al juez que ejerciera ante las autoridades ni influencia ni presión “por su mera condición de pariente por afinidad de SM El Rey de España".
Su abogado refuta que esta presencia virtual e influencia no "devino tan irresistible” hasta el extremo de que las autoridades “tan solo por ello firmaron” y "aceptaron sin rechistar” .
Mario Pascual afirma que las autoridades de Valencia y Baleares no se dejaron “doblegar ante la supuesta luz cegadora que emanaba de mi mandante por su condición de pariente real”, para obtener “ algún favor regio”. Es “inverosímil”, puntualiza.
No se “sometían” a la voluntad, no existía poder de sujeción de tal magnitud.
No era ‘víctimas’ de ” influencia o presión inaguantables insalvables”.
El abogado defensor si relaciona, para rebatirlos, los delitos que el juez detalla: delito continuado e instrumental de falsedad en documento oficial, otro instrumental y continuado de prevaricación administrativa, de malversación de fondos públicos, de fraude a la Administración, otro de prevaricación”.
Mario Pascual concluye que Aizóon (la empresa de Urdangarin y Cristina de Borbón) solo percibió de Nóos 706.932 euros en los años 2004 y 2005.
La fianza reclamada de 8,18 millones de euros, dice, “es desproporcionadamente excesiva” y arguye que “sería más equitativa” la fianza alternativa a la mayor de 5,9 millones de euros, según un cómputo de facturas diferente.
Al final reclama una prueba pericial sobre los convenios de colaboración entre interventores del Estado y el particular del duque.