El 30 de mayo de cada año, los canarios, celebramos el Día de Canarias en recuerdo de la fecha de constitución del primer parlamento autonómico, en 1983. El Estatuto de Autonomía de Canarias , en su artículo 6, establece que: "La bandera de Canarias está formada por tres franjas iguales en sentido vertical, cuyos colores son a partir del asta, blanco, azul y amarillo"
El 30 de mayo de cada año, los canarios, celebramos el Día de Canarias en recuerdo de la fecha de constitución del primer parlamento autonómico, en 1983. El Estatuto de Autonomía de Canarias , en su artículo 6, establece que: "Canarias tiene escudo propio, cuya descripción es la siguiente: en campo de azur trae siete islas de plata bien ordenadas, dos, dos, dos y una, esta última en punta. Como timbre una corona real de oro, surmontada de una cinta de plata con el lema "Océano" de sable y como soportes dos canes en su color encollarados."
HimnoEl 30 de mayo de cada año, los canarios, celebramos el Día de Canarias en recuerdo de la fecha de constitución del primer parlamento autonómico, en 1983.
La Ley 20/2003 , de 28 de abril, del Himno de Canarias, establece en su artículo 1 como himno de Canarias la melodía correspondiente al Arrorró, de la obra Cantos Canarios de Teobaldo Power y Lugo-Viña.
El Decreto 95/2003, de 21 de mayo, por el que se regulan los usos del himno de Canarias, establece en su artículo 1 que:
"El himno de Canarias deberá ser interpretado en los actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y las Entidades locales canarias:
a) Cuando asistan el Presidente del Gobierno de Canarias, el Presidente del Parlamento de Canarias o el Vicepresidente del Gobierno de Canarias.
b) Los actos de homenaje a la bandera de Canarias.
c) Los actos oficiales que conmemoren fiestas locales.
d) Los actos culturales, científicos y deportivos o de cualquier otra naturaleza a los que asista una representación oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias o que se autoricen por la Presidencia del Gobierno, a propuesta de las instituciones autonómicas o de las entidades locales, por entender que son de especial significación.